Piden seis años de cárcel por un robo con violencia en el Ensanche

Además de sustraer dinero y un móvil, agredieron a la víctima al ver que los seguía
El Correo Gallego

Santiago. La Fiscalía solicita una pena de seis años para S.V.A y de cuatro años y dos meses para M:VV., ambos en prisión provisional por estos hechos desde su detención el 16 de octubre de 2019. Los acusa de que el 15 de octubre de ese año “con ánimo de obtener un beneficio ilícito”, se aproximaron en las inmediaciones de la rúa Xeneral Pardiñas a MT.V.V., con la excusa de pedirle fuego. En ese momento, señala el escrito, el segundo “agarra al perjudicado empujándole contra la pared, mientras S.V.A. exhibe una navaja que portaba consigo, exigiéndole que les diera todo lo que llevaba”. De esta forma, se apoderaron de la cartera del perjudicado, la cual contenía 15 euros. “A su vez el acusado M.V.V. cachea al perjudicado y le exige que le entregara también su móvil, un Xiaomi modelo M19”.

Ambos huyeron del lugar, pero al ver que la víctima iba tras ellos, “se abalanzan sobre el mismo, diciéndole que no había aprendido, propinándole varios puñetazos en la cara, hasta que la presencia de varias personas en la vía hizo que huyeran del lugar”. Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió eritema malar e hinchazón del labio superior. Tras la detención de los dos agresores al día siguiente, se recuperó el dinero y el teléfono sustraído. Según explica la fiscalía, “los hechos relatados son constitutivos de un delito de robo con violencia e intimidación con uso de arma, previsto y penado en el artículo 242.1 y 3 del Código Penal y un delito leve de lesiones previsto y penado en el artículo 147.2 del Código Penal”.

S.V.A. ya había sido condenado anteriormente como autor de un delito de robo con violencia en sentencia firme del juzgado de lo penal número uno de Santiago, de fecha 19 de febrero de 2018, en sentencia firme del mismo juzgado de fecha 17 de abril de 2018 y en sentencia firme del referido juzgado de lo penal de fecha 15 de marzo de 2019, a las penas de prisión de dos años, un año y 5 meses y dos años de prisión, respectivamente, aunque todas ellas se hallaban suspendidas. Por su parte, M.V.V. cuenta con antecedentes penales no computables en este caso. ecg