Rechazan bajar la pena de cárcel a un abuelo que abusó de sus nietas

Desde la entrada de la ley del ‘solo sí es sí’ se acordaron 38 rebajas de condena en Galicia
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Audiencia Provincial de A Coruña. Foto: ECG

Santiago. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, rechazó revisar la condena de seis años de prisión impuesta a un abuelo que abusó sexualmente de dos nietas. A través de un auto, con fecha de 26 de enero de 2023, los magistrados descartan rebajar la pena, impuesta por este mismo tribunal en septiembre de 2016, porque la reforma del Código Penal emanada de la Ley de solo sí es sí “no resulta más beneficiosa” para el reo.

Los magistrados subrayan que debe tenerse en cuenta que la resolución que en su día dictó la Audiencia Provincial ya había considerado la existencia tanto de prevalimiento como de continuidad. Contra el fallo de la Audiencia todavía cabe presentar recurso. El hombre había sido condenado en 2016 a seis años de cárcel por abusar sexualmente de sus dos nietas cuando tenían 11 años en 2007 y 2013, respectivamente.

BALANCE DE CASOS. Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, las audiencias provinciales gallegas y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia han revisado y emitido al menos 72 decisiones, tanto revisiones de penas ya impuestas como recursos, referidas a condenas.

De ellas, al menos 38 han supuesto una rebaja de la pena de los delincuentes, mientras que en el resto de ocasiones, unas 35, se mantuvo la condena porque la Ley del solo sí es sí supondría que el juicio se saldaría con una pena mayor que en la que se puso en su momento. Si bien no trascienden desde las audiencias todas las peticiones, tal y como han aclarado fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

ÚLTIMA REBAJA EN SANTIAGO. La última revisión con rebaja de pena que se registró en Santiago trascendió hace apenas una semana, cuando la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña bajó ocho meses la pena impuesta a un condenado por drogar y violar, junto con otra persona que no fue identificada, a una estudiante de la universidad de la capital gallega a la que conoció en un pub donde se celebraba una fiesta de un paso de ecuador.

Tal como explicaron los magistrados en la resolución, en aplicación de la nueva ley, conocida como ‘solo sí es sí’, la pena de este varón se reduce de 13 a 12 años y 4 meses de prisión. El tribunal explicó que es más favorable para el reo el marco penológico de la nueva norma, cuya penalidad para el hecho enjuiciado, con todas sus circunstancias, es de 11 a 15 años, frente al 12 a 14 que la norma anterior establecía.

“Atendiendo el concreto criterio de individualización de la pena que se plasmó en la resolución definitiva, próximo a la mitad superior, pero sin alcanzarla, y equivalente a un tercio de su extensión, los 13 años de prisión impuestos se separan, aunque sea ligeramente, de la aplicación de esa individualización al nuevo marco penológico, que debería ser de 12 años y 4 meses”, explica el documento.

Todo ello después de que el hombre hiciese que la joven consumiese, sin ella darse cuenta, sustancias químicas en un pub de Santiago para anular su voluntad y posteriormente violarla. Los hechos ocurrieron en 2011, cuando el condenado, junto con otro hombre no identificado, trasladaron a la mujer al campus sur, donde la violaron. ECG