Cuenta atrás para que los 120.000 edificios con más de medio siglo de antigüedad en Galicia pongan sus papeles en regla

El DOG publica este martes la regulación del informe de evaluación de estos inmuebles y la creación de un Registro gallego //Entra en vigor el 20 de mayo // Los que ya hayan cumplido 50 años tendrán un año plazo para presentar su estudio // Los concellos con muchos edificios antiguos podrán hacer un calendario más gradual
Edificios
Salomé Barba
Rúa Carretas, en pleno casco histórico compostelano. Ayuntamientos con gran cantidad de inmuebles antiguos, como es el caso de Santiago, podrán optar por establecer su propio calendario para que los edificios presenten su informe de evaluación. El máximo que podrán estipular es un año para los catalogados o declarados bien de interés y tres años para el resto que tenga 50 años. Foto: Fernando Blanco

Con la publicación, este martes, en el Diario Oficial de Galicia (DOG) del decreto que regula el informe de evaluación de los edificios y la creación de un Registro Gallego específico, comienza la cuenta atrás para que los alrededor de 120.000 inmuebles que tienen 50 o más años de antigüedad en Galicia tengan que presentar un estudio donde conste su estado de conservación. El decreto pretende el cumplimiento de la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y regeneración y renovación urbanas de Galicia.

De esta forma, los edificios de 50 años o más de Galicia, con independencia de su uso residencial o comercial, deberán presentar un análisis que acredite su situación actual y estado de conservación, así como el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad y su grado de eficiencia energética.

El informe será obligatorio excepto en el caso de que el inmueble esté declarado en firme en ruina y aquellos que cuenten ya con un certificado de inspección técnica de edificación (ITE), que solamente tendrán que completarlo con la parte destinada a la accesibilidad y a la eficiencia energética.

El documento, que deberá inscribirse en el Registro Gallego de Informes de Evaluación de los Edificios (Regiae), tendrá que ser elaborado por un técnico competente y presentado en el Ayuntamiento correspondiente en el plazo general de un año, a contar desde el 20 de mayo, desde que el inmueble cumpla los 50 años de vida. El mismo plazo rige para los inmuebles que actualmente ya tengan esa antigüedad. El análisis tendrá vigencia de 10 años, transcurridos los cuales deberá hacerse de nuevo.

De todas formas, el decreto establece que los ayuntamientos podrán establecer su propio calendario de presentación de informes, sobre todo pensando en aquellos municipios con un volumen de edificios antiguos elevado. En este caso, podrán establecer una moratoria, que será, según indica el DOG, de un máximo de un año para aquellos inmuebles catalogados o declarados bien de interés cultural, y de 3 años para el resto de edificios de más de 50 años. Solo serán válidos los informes presentados en el ayuntamiento correspondiente y debidamente inscritos en el Regiae.