La ‘okupación’, agravada por el covid, tarda unos 6 meses en resolverse

Fiscalía dictará nueva instrucción sobre este “fenómeno delictivo” // Los costes por vía civil llegan a 1.000 euros más IVA // Los procesos se demoran ante la alegación de “vivir en precario”
Sociedad
Ángela Precedo
okupación. Manifestación realizada por grupos de vecinos en el chalet ‘okupado’ de A Zapateira, en la ciudad de A Coruña, el pasado domingo 14 de junio. Foto: E.P.

Esos son los plazos que se barajan en la última ley antiokupa de la que dispone España: la Ley de Desahucio Express, aprobada en julio de 2018. Por raro que pueda parecer después de la situación que acabamos de relatar, antes de esta ley las cosas estaban peor, ya que los plazos podían prolongarse hasta 2 años e, incluso, no llegar a celebrarse los juicios al traspapelarse la documentación en los tribunales.

EL COVID-19 AGRAVÓ LA SITUACIÓN. Si bien este no fue hasta ahora un tema que preocupase sobremanera a la comunidad gallega, ya que parecía afectar mayoritariamente en las grandes ciudades españolas, como Madrid y Barcelona.

Sin embargo, como ha sucedido en todos los ámbitos, el coronavirus ha creado un nuevo panorama también en lo que respecta a la ocupación ilegal de inmuebles.

Pues, aprovechando el confinamiento en primeras residencias e inocupación de segundas, las mafias okupas han tenido vía libre para entrar en los inmuebles desutilizados, además de tiempo de sobra para investigar quién es su propietario.

¿QUÉ HACER SI TE ENCUENTRAS ANTE UNA SITUACIÓN ASÍ? “Como sucede en casi todas las circunstancias, puedes acogerte a dos procedimientos: la vía civil o la vía penal”, explica Iria Platero, abogada experta en okupación en Santiago de Compostela. Ella recomienda “la vía civil, porque es la más rápida”. “Se supone que entre 3 y 6 meses por esta vía deben estar fuera”, indica la letrada , que evidencia que “luego no es cierto, pero es más rápida que la penal”.

¿QUÉ ES LO NOVEDOSO DE LA LEY DE DESAHUCIO EXPRESS? “Tú antes no podías desahuciar si no conocías la identidad de las personas que habían ocupado tu vivienda”, explica la abogada santiaguesa. En este sentido, la ley de 2018 “te deja hacer como una especie de formulismo del tipo de ‘‘a los desconocidos propietarios del inmueble...’. Entonces presentas título de propiedad y es la Policía la que se encarga de ir al lugar e identificar a los ‘okupas’, para lo que deben ser rápidos”.

Aún así, Iria Platero afirma que “se trata de un procedimiento igualmente lento, aún con toda la rapidez que han querido darle, algo que no es culpa ni de los juzgados ni de la Policía, sino de la falta de medios, es decir, haría falta más personal para agilizar los procesos”.

ALEGACIÓN DE VIVIR EN PRECARIO. “Si los okupas no tienen título de propiedad ni nada que alegar entre 3 y 6 meses están fuera según la ley, pero esto nunca es así, porque siempre alegan algo; normalmente tienen abogados de oficio que suelen decir que ‘X persona me dejó vivir aquí y vivo en precario, porque un tío me dejó este inmueble’”, ejemplifica la abogada, que dice que “en un caso, así ya todo se demora mucho más hasta el lanzamiento, que suele fijarse en 3 meses, aunque luego llega a demorarse hasta 6, por lo que nunca es tan inmediato como dicen”.

NO PERDER LOS NERVIOS. Como nos pasaría a cualquiera que se encuentra ante una situación así, hay gente que pierde los nervios y o bien amenaza verbalmente a los okupas de su inmueble o bien trata de entrar en él y recuperarlo por la fuerza. Pero, ¿es esto recomendable? “Yo no lo haría, porque podrías estar incurriendo en varios delitos”, advierte Iria, que explica que estos pueden ir desde “un delito leve de amenazas o coacciones”. La abogada también indica que incluso “podría darse igual un delito de lesiones en caso de haber forcejeo entre el propietario y el ‘okupa’”.

LOS COSTES. Los demandados no suelen tener recursos económicos, así que se acogen a la justicia gratuita. La gente que tiene segunda vivienda, por lo general, aunque no siempre, suele tener poder adquisitivo o, al menos, un poder medio.

“Para acceder a la justicia gratuita tienes que tener un salario mínimo interprofesional, si lo superas, tienes que pagarte tú mismo el abogado y el procurador. No se trata de unos costes excesivos, porque son procedimientos verbales, pero llegan a los 1.000 euros más I.V.A., pudiendo ascender los honorarios del letrado en función de la complejidad del caso”.

SI SE TRATA DE UNA PRIMERA VIVIENDA. Asimismo, la abogada puntualiza que si se trata de una okupación sobre tu primera vivienda “es delito de allanamiento de morada, de tipo penal, que ya nada tiene que ver con una ocupación”. “En teoría, dicen que va más rápido, algo que, en la práctica, no es así, pero sí es cierto que resulta mucho más penado: estamos hablando de penas de prisión de 6 meses a 2 años en un allanamiento de morada normal, que incluso pueden llegar a los 4 años si están agravados con intimidación”, asevera Iria Platero.

Con todo, evidencia que “no es lo habitual”, porque los okupas, cada vez más profesionalizados, “se cuidan mucho de que no se trate de una primera vivienda, vigilando y controlando la zona previamente”. En su caso particular, lleva varias denuncias por okupación vinculadas al Patio de Madres y zona Castrón Douro y, a excepción de uno, “casi todos se tratan de segundas viviendas o de viviendas para restaurar”.

UNAS 400 VIVIENDAS OCUPADAS. Unas 330.000 viviendas están vacías en Galicia, y, por lo que se sabe oficialmente, al menos 400 están ocupadas por inquilinos que no son sus propietarios ni arrendatarios. ¿Parece poco, verdad? Si bien en este caso las cifras engañan, pues en numerosas ocasiones los propietarios de estos inmuebles están tan asustados que no se atreven a denunciar por las consecuencias, y también los costes (alrededor de unos 1.000 euros al llevar el caso al juzgado), que esto les puede acarrear. Para hacernos una idea, el pasado año 2019 solo se tramitaron en Galicia 145 denuncias.

Por supuesto que a todos nos parece injusto socialmente que una persona pobre no tenga acceso a una vivienda digna, o que las circunstancias de esta crisis covid-19 y las acarreadas por la anterior crisis económica arrastrada desde el año 2008 dejen en la calle y desamparadas a miles de personas en nuestro país. Pero, la realidad, es que no solo son esas personas las que proceden a la ocupación de viviendas que nos les pertenecen. De hecho, en los últimos meses, esta actividad okupa se ha profesionalizado, hasta el punto de que prácticamente la totalidad del territorio gallego ocupado ilegalmente está en manos de mafias que saben que la ley les ampara y que, como mucho, lo peor que les puede suceder es una multa para no hacer frente a los de tres a seis meses de prisión.

NUEVA LEY. Si bien, conscientes de esta situación, cada vez son más los jueces que se dan cuenta de que es necesaria una ley que ampare a los propietarios y endurezca las penas contra los okupas, declarando y tratando a la ocupación como lo que verdaderamente es: un delito. Así, la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, dictará una instrucción en los próximos días que aborde el tratamiento por parte de los fiscales en ocupaciones de morada.