Una sentencia en Valencia pone en entredicho las limitaciones a las VUT

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat anuló parte de los vetos del ayuntamiento para pisos turísticos al considerarlos injustificados // Las modificaciones de Santiago estarían en el aire
Viviendas de uso turístico
Brais Fernández
Raxoi pretende limitar el volumen de habitaciones ofertadas bajo la modalidad VUT en las llamadas ‘zonas sensibles’. Foto: F. Blanco

Tras varias sentencias a favor de las medidas impuestas por el Concello de Santiago contra las Viviendas de Uso Turístico (VUT), los propietarios de estos alojamientos han encontrado un fallo judicial a su favor que equipara la balanza en este conflicto de intereses presente en la capital gallega. El alto tribunal de la Comunitat anuló, el pasado 11 de noviembre, parte de los vetos estipulados por el ayuntamiento de Valencia contra estos apartamentos por considerarlos injustificados, unas medidas similares a las que se pretenden establecer en Compostela con la modificación del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM).

En este sentido, la decisión de los jueces apunta a que los límites temporales y de propiedad o las obligaciones deque sean edificios enteros donde se pueda realizar esta actividad no tienen fundamento suficiente. Asimismo, tampoco dejan cabida a que las comunidades de vecinos puedan establecer normas sobre esta materia, ya que no poseen potestad para ello.

De esta manera, a través de un Plan Especial para su zona vieja, el gobierno municipal valenciano prohibía el uso hotelero y el de vivienda turística profesional, permitiendo una modalidad de VUT ocasional. Entre estas condiciones, se establecía la necesidad de que el dueño estuviese empadronada en el municipio, que la alquile, como máximo, 60 días al año y que tuviese el visto bueno de sus vecinos, cumpliendo las reglas que estos estableciesen.

Estas medidas son las que no considera justificadas el alto órgano, dejándolas sin efecto, algo que aplauden no solo los dueños de apartamentos turísticos en Valencia, sino también los de otros puntos de España, como Santiago, tal y como han trasladado desde la Asociación de Propietarios de VUT de Santiago a EL CORREO GALLEGO.

Siguiendo esta línea, aunque no cree jurisprudencia, sí que hay un precedente a tener en cuenta a la hora de acotar el reglamento que afecte a estos inmuebles en Compostela. Así, de no llegar a un acuerdo, se abalaría la interposición de un recurso por los arrendatarios. Asimismo, de producirse una diferencia de criterio en una posible decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia podría entrar incluso el Tribunal Supremo a dirimir, lo que sin duda dilataría todavía más este proceso.

EL CASO DE SANTIAGO. Cabe recordar que, para frenar el incremento de VUT en el entorno de la ciudad, Raxoi pretende limitar el volumen de habitaciones de esta modalidad en las llamadas zonas sensibles (que abarcarían no sólo la Almendra, sino también el Ensanche y barrios residenciales como Pontepedriña o Fontiñas), así como su delimitación a inmuebles enteros, como el que se está construyendo en Amor Ruibal, o a las plantas inferiores de los edificios (bajo y primero), siempre que estos superen las cinco alturas.

Esta última propuesta fue muy criticada por los dueños, ya que, a través de un elaborado estudio del mercado inmobiliario local, a su entender, el futuro reglamento permitiría la creación de 1.267 VUT en el Ensanche (recogiendo el espacio interior que engloban las calles Romero Donallo, Rosalía de Castro, Carreira do Conde y el Hórreo) en un espacio en el que ahora tan solo hay 132.

Por ello, entienden que la política que se pretende instaurar sería un ataque frontal contra las familias que poseen estos negocios en la actualidad y no en una determinación de equilibrar el uso del alquiler vacacional con el de larga duración.

A mayores, en el fondo de esta cuestión está la necesidad de una doble habilitación (Concello y Xunta) para poseer un apartamento de este tipo en Santiago, la cual no impera en otros municipios. Esta postura inició la batalla, obligando al cierre de algunos inmuebles, aunque muchos otros siguen pendientes de las resoluciones judiciales para cada casa concreto, basados también en lo señalado por la administración autonómica.