La Junta Electoral Central confirma el aviso a Alfonso Rueda por sus respuestas políticas a periodistas

Entiende que rompió el principio de neutralidad por dar una serie de respuestas políticas a periodistas en una rueda de prensa del Consello tres días antes de las últimas elecciones generales

Alfonso Rueda en otro momento de la entrevista en su despacho de San Caetano

Alfonso Rueda en otro momento de la entrevista en su despacho de San Caetano / César Arxina

EFE

La Junta Electoral Central ha confirmado el aviso al presidente de la Xunta y del PP, Alfonso Rueda, por dar una serie de respuestas políticas a periodistas en una rueda de prensa del Consello tres días antes de las últimas elecciones generales, en las que entiende que rompió el principio de neutralidad y no debe repetir en el futuro. El acuerdo de la Junta Electoral Central del 7 de agosto, al que ha tenido acceso EFE, confirma la procedencia de instar a Rueda a "que en futuros actos institucionales extreme su diligencia para evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes públicos están obligados a respetar durante el proceso electoral", realizada en su momento por la Junta Electoral Provincial de A Coruña.

Fuentes de la Xunta han asegurado a EFE que las respuestas "en ningún caso" fueron por "iniciativa propia" y que, además, la decisión "no implica apertura de expediente sancionador sino que se solicita extremar la diligencia y que, en periodos electorales, no se respondan este tipo de preguntas en un marco institucional". Lo que ocurrió, según el acuerdo, es que en la rueda de prensa posterior al Consello de la Xunta del 20 de julio -las elecciones generales fueron el 23-, Rueda manifestó "su pretensión personal (como presidente del Partido Popular) de que el candidato de su partido, Alberto Núñez Feijóo, obtenga el mejor resultado en Galicia el día de las elecciones generales".

"Y, en relación con ese objetivo, alude a las malas perspectivas electorales de otros partidos, a las ganas de cambio que, a su juicio, tiene la sociedad española, al candidato que había resultado vencedor del debate televisado que se había celebrado el día anterior, y a la debilidad de otros candidatos", añade.

Esta acción, para la Junta Electoral Central, "podría resultar legítima en el curso de un acto de campaña o en el ordinario ejercicio de la libertad de expresión, pero no en el desempeño de la actividad institucional propia de una autoridad pública". Por ello, sostiene que Rueda vulneró la prohibición que establece la ley respecto a la neutralidad de los poderes públicos ante procesos electorales.

La Xunta alegó que estas declaraciones en respuesta a periodistas "no se efectúan en el desempeño de la actividad institucional propia de una autoridad pública, ni se suscita confusión alguna en este sentido, pues se le solicita su opinión personal y se limita a emitirla, sin que pueda llevar a error a ningún observador neutral que se trata de una respuesta oficial de la Presidencia de la Xunta de Galicia como autoridad o poder público".

Sin embargo, la Junta Electoral Central dice que si esto es así, "se está reconociendo la utilización inadecuada de recursos públicos en beneficio de una determinada formación política, que es precisamente lo que prohíbe" la ley "para salvaguardar el principio de igualdad entre los contendientes electorales y el principio de neutralidad de los poderes públicos", además de que entiende que, en ese caso, quedaría deslegitimada la actuación de la asesoría jurídica de la Xunta en defensa de Rueda. Concluye por tanto que "incurrió en falta de la diligencia debida para evitar la introducción de manifestaciones con connotación electoralista en el curso de un acto institucional". El acuerdo es firme en la vía administrativa, si bien contra él cabe interponer recurso ante el Tribunal Supremo en el plazo de dos meses.