Activismo femenino en la época medieval

El doctorando Abel Lorenzo en la Facultad de Historia de la Universidade de Santiago/xoán álvarez

El doctorando Abel Lorenzo en la Facultad de Historia de la Universidade de Santiago/xoán álvarez

M. González

El investigador Abel Lorenzo ha escrito en The Conversation un artículo en el que expone que ya en la época medieval las mujeres denunciaban los abusos de los que eran víctimas. Dentro de la investigación para su tesis doctoral (que defenderá el próximo día 28) el doctorando en historia medieval de la Universidad de Santiago de Compostela constató que ya en el siglo X diferentes testimonios escritos dan cuenta de las denuncias por agresión sexual que se llevaron a cabo a pesar de los “obstáculos de tipo legal, social y hasta familiar que implicaban ese tipo de acciones judiciales, y más en una sociedad sin criminología forense”, según expone en el artículo.

“Es un proyecto de tesis doctoral que se centra básicamente en el estudio de la criminalidad y los castigos corporales en la primera Edad Media”, matiza. “En los últimos años ha habido un creciente interés en lo que es la justicia en la época medieval, qué se entiende por justicia, cómo se aplica y, sobre todo, cómo negociaba la gente con ese aspecto jurídico, que conocemos a través de casos concretos”, añade.

“Conocíamos mucho mejor cuáles eran los códigos jurídicos que se aplicaban, pero conocíamos peor cómo se aplicaban o cómo se negociaba la ley”, prosigue. “Es como si solo nos quedase la Constitución Española y, a partir de ahí, tuviéramos que deducir cómo es la sociedad española del siglo XXI”, compara. “Lo que nos interesaba era, a través de casos documentados de hace mil años, saber cómo la sociedad regulaba todo eso, quiénes participaban, quiénes se beneficiaban...”. Y ahí encontró un hilo muy interesante del que tirar. “El impacto de temas como el de la “Manada”, el creciente interés por los crímenes sexuales, la pederastia en la Iglesia..., hizo que me fuera encauzando más hacia eso porque era una necesidad histórica y social explicar que hace mil años la gente también denunciaba este tipo de agresiones sexuales”, destaca.

Tema que motivó también su artículo publicado en The Convesation: “Un #MeToo de hace mil años: denuncias contra la agresión sexual en la Edad Media”. Salvando las distancias, obviamente, ya que “estamos hablando de sociedades patriarcales, de sociedades desiguales que consideraban a la mujer un ser inferior desde muchos aspectos; sin embargo, cuando bajamos al nivel documental, a los casos concretos, es más fácil encontrar a mujeres gestionando dominios y propiedades, recibiendo herencias, denunciando, teniendo alguna iniciativa que, en un principio, no consideraríamos, pero está ahí y es evidente; más allá de casos de reinas, tenemos mujeres del común que tienen una acción importante en su radio social”, subraya.

También hace referencia a estudios anteriores como el de la catedrática de historia medieval María del Carmen Pallares, que mostraron casos semejantes en el Ourense del siglo XV. “Tuve la fortuna de que me dio clase”, apostilla Lorenzo. “En 1995 publicó el artículo “Conciencia y resistencia: la denuncia de la agresión masculina en la Galicia del siglo XV” en Arenal, Revista de historia de las mujeres; yo trabajo más casos de la Primera Edad Media, pero ella trajo a escena estos casos muy llamativos del Ourense de hace 600 años”, explica: “Cuando nos expuso esto en clase como que se me hizo la luz: la mujer tenía iniciativa y podía hacer estas cosas de denunciar públicamente la agresión”.

Entre los casos más significativos de su investigación figura, por ejemplo, el que encontró en el cartulario o tombo del monasterio de Celanova, que relata cómo una mujer, posiblemente una joven, se dirigió en el siglo X al monasterio para denunciar a su propio abuelo por haber abusado de ella. “Para la tesis doctoral tuve que leer sistemáticamente una serie de colecciones documentales, fui seleccionando lo que me interesaba y me saltó este caso, que habían estudiado autores anteriores pero que se había interpretado de una forma rara porque la palabra que se utiliza en el documento es adulterio, porque ellos no tenían una palabra equivalente a violación, con todas las implicaciones que conlleva; pero por el contexto sabemos que fue así, porque ella lo denunció, su abuelo lo reconoce... Fue fruto de revisar sistemáticamente para que, a partir de ese caso que ya conocía, saliesen otros que permitiera comparar si eso era una excepción o no”, destaca.

Así, menciona también el caso de “São Pedro do Sul, Portugal: Jimena contra Juan Arias”, en el que Jimena y su madre, Ducidia, entregan una serie de bienes de iglesias a un magnate local llamado Alvitu Sandizi para que ejerza como defensor ante Juan Arias, un hombre que había intentado agredir a Jimena o, al menos, consumar una relación sin su consentimiento, tal y como recoge Lorenzo en su artículo.

Son dos casos significativos de las denuncias femeninas en aquella época, pero no son los únicos: “Está también el caso de una mujer, recogido en un documento pontificio, que alrededor del año 1200 recurre a todo lo que puede: instancias de poder real, de poder papal, a los judíos..., para no casarse por segunda vez como le manda el Rey”, expone el investigador.

También es llamativo el tema de la compensación de este tipo de delitos. “De hecho, en la investigación fue el gran chasco”, asegura. “Yo pensaba que los castigos físicos serían mucho más numerosos o espectaculares, sin embargo en mi época me costó hallar casos suficientes –los encontré y defenderé la tesis el día 28–; lo que más abundan son entregas de carácter patrimonial o en especie (ganado o propiedades) para reparar la falta”. Además, apunta que “estas entregas o multas, las reciben instancias de poder, como condes, cardenales, obispos..., pero no las víctimas”, destaca. Aquí incide en que “el documento se hace realmente porque hay algo económico de por medio, no para dejar constancia del delito. Si al abuelo de la joven simplemente lo hubiesen azotado para corregir su conducta no hubiera generado una documentación”, explica.

Lo que no está documentado, “simplemente se puede deducir”, es qué pasa después de la denuncia. “¿Qué ocurre después del juicio? Esas comunidades, esa familia, ¿cómo quedan?”, se pregunta, al tiempo que reflexiona que “la denuncia de la joven a su abuelo al final le produce un perjuicio económico, porque la herencia de su abuelo, en lugar de ser para ella, pasa al monasterio en esta ocasión”.

Investigar estos casos fue complejo también por las trabas lingüísticas (documentos en latín o en lenguas romances): “Es un reto para el investigador y también muy productivo, porque te obliga a afinar los términos muy bien. Hay que contextualizar también”.

“Lo más difícil de registrar son las voces de estas mujeres del pasado que a veces se nos escapan, no les prestamos mucha atención, porque son mujeres del común quizás, pero están ahí y hay que traerlas al presente”, reflexiona. “Si pensamos en la cantidad de casos que no afloran hoy en día, porque no se denuncian o, si se denuncian, no llegan a término porque no se pueden demostrar, imaginemos lo que tiene que ser hace mil años en sociedades muy locales, mucho más patriarcales, donde todo es muy oscuro... Para mí tiene un mérito tremendo y por eso quise divulgarlo de una forma más amplia con el artículo en The Conversation”. De hecho, la idea fundamental de la tesis son los castigos corporales, pero para su época postdoctoral abrirá una línea de investigación donde entra la agresión sexual, la sexualidad disidente, la homosexualidad, la sodomía, el adulterio..., y cómo lo regulaba la sociedad”.