¿Cuál es la multa por no asistir a la mesa electoral?
En España, el voto es opcional, pero asistir a la mesa electoral si eres seleccionado es obligatorio
R. S.
Acudir a la mesa electoral es un deber ineludible. De lo contrario, el ciudadano recibirá una sanción, y no precisamente pequeña. Como cada año con elecciones, no son pocos los que se preguntan cuál es la multa por no asistir a la mesa electoral.
El próximo 23 de julio, será obligatorio asistir a la mesa electoral si estás entre los seleccionados y tu función consistirá en recibir y recontar los votos.
La mesa electoral estará formada por un presidente, que tendrá una formación elemental mínima, y dos vocales. Cada uno de ellos ha de presentarse a primera hora de la mañana de forma obligatoria, así como sus suplentes, quienes deberán asistir por si los primeros no asistiesen.
¿Qué ocurre si no acudo a la mesa electoral?
Si un ciudadano es seleccionado para formar parte de la mesa electoral y no acude sin justificación, remitida en tiempo y forma, la ley dispone de una serie de sanciones.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General define en su artículo 143 los “delitos por abandono o incumplimiento": “El presidente y los vocales de las mesas electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses”.
Si bien la pena de prisión obedece a casos extremos, más comunes son las multas, cuya cuantía varía según los casos. Así, la horquilla por faltar o por no cumplir con sus deberes electorales, abarca lo que se conoce como 'días-multa', con pago de cierta cantidad en un periodo de entre seis y 24 meses.
Los cálculos son simples: si calculamos la multa para la cantidad mínima de tiempo y de dinero (dos euros al día durante seis meses), la cuantía que se puede llegar a pagar es de alrededor de 360 euros. En el otro extremo, si tomamos la máxima de ambas variables (400 euros al día durante 24 meses), faltar o incumplir con los deberes de la mesa electoral puede acarrearnos una multa de 288.000 euros.
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