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Soluciones políticas: representación popular y regionalismo integrador

Critica un amigo que en la serie de artículos publicados por EL CORREO GALLEGO, (el último, ‘Un orden político foral’, 7 de marzo), hago afirmaciones genéricas, sin contenidos concretos. Así, sobre que el orden foral que predico da solución al tema de la representación popular, facilita un regionalismo integrador, resuelve el problema de la financiación autonómica, ayuda a la correcta distribución de los servicios públicos esenciales, simplifica la organización de las administraciones públicas y reduce drásticamente el coste de todo el aparato público.

Aunque en el conjunto de dichos artículos se dan explicaciones, es difícil en unos escritos de prensa entrar en el detalle de todas las afirmaciones. Siempre hay un amplio margen dejado a la inteligencia del lector atento, pues no creo que merezca la pena escribir de esos temas para catetos. Pero puestos a desarrollar las cuestiones enunciadas, podemos exponer en esta entrega lo referente a la representación popular, el regionalismo integrador y la financiación autonómica.

Si la democracia es, en determinado sentido, un gobierno de todos, un pilar del sistema político es el Parlamento. En los países occidentales, el cauce de acceso a la representación parlamentaria lo constituyen los partidos políticos. Aunque el Régimen liberal no reconoció el derecho de asociación hasta avanzado el siglo XIX, de hecho la vida política en Europa se desenvolvió, desde los mismos inicios de la Revolución, bajo la acción de grupos ideológicos, clubs, sociedades patrióticas, etc. Ya la Convención, salida de las urnas (1782), situaba a la derecha de la asamblea a los moderados girondinos y a los exaltados jacobinos a la izquierda.

La honda crisis política que vivimos en España, aunque con un fuerte trasfondo cultural y moral, es principalmente una crisis de los partidos. Mucha gente vota sin alternativa y otros muchos lo hacen tapándose la nariz. En los últimos comicios catalanes casi la mitad de los ciudadanos no han votado. Y podemos preguntarnos el porqué de ese desprestigio de los partidos políticos.

Son múltiples las causas, pero, entre ellas, por la razón elemental de que los partidos, siendo como son grupos en la sociedad, pretenden convertirse en grupos en el Estado, enfeudarse en el mismo, vivir a su costa y erigirse en representantes de la soberanía. Pero como personas jurídicas que son, no pueden ser representantes. Los únicos representantes son las personas elegidas. Ya resulta sorprendente que en pleno siglo XXI, donde las libertades personales adquieren preeminencia, se pretenda encuadrar, dividir y enfrentar a la población ideológicamente.

Si representantes en Parlamento y en determinadas asambleas sólo pueden ser las concretas personas elegidas, no los partidos, y existe un derecho fundamental de participación, la consecuencia obligada es abrir la representación a todos los ciudadanos.

En la unidad electoral básica todos los electores que consigan un apoyo razonable, deben poder presentar candidatos o candidaturas. Y fácilmente se comprende que tal apertura del cauce representativo abre caminos insospechados a los distintos ámbitos territoriales de convivencia política, sean municipios, regiones o el conjunto de la Nación. Pero además, coloca a los partidos en su sitio, como una forma más de participación, no la única. Y, sobre todo, limita o, mejor dicho, disuelve la acción de los partidos de ideología totalitaria. Ya debiera entenderse que, aunque el pensamiento no delinque, los grupos totalitarios no pueden tener cabida en un sistema democrático.

En las Regiones, un sistema electoral abierto anula las pretensiones nacionalista y permite reconstruir el régimen autonómico. Una Región auténticamente foral, sin merma de su autonomía, nada tiene que ver con el actual diseño cuasi-estatal. Función prioritaria de una Autonomía foral es la ayuda a los entes locales, principal ámbito de convivencia de los ciudadanos, y ejecutar las leyes del Estado. Y hay que decir con claridad que, las Autonomías regionales, al no ser titulares de la soberanía, no pueden dictar leyes. Las potestades normativas, tanto de las regiones como de los Municipios, son de naturaleza reglamentaria. Si bien es verdad que las leyes deben ser generales y de amplio margen para un desarrollo reglamentario cabal.

Asunto importante es el referente al modelo de financiación. En un orden foral, está muy claro que el grueso de los impuestos, el de la Renta e IVA, deben gestionarlos las Regiones, pagando todas un mismo porcentaje sobre su PIB al Estado. A éste corresponde los impuestos especiales y otros. Dicho porcentaje tiene que ser razonable. Quiere decirse que no podemos permitirnos sostener un Estado sobredimensionado y despilfarrador, aparte de mal gobernado.

(*) Exprofesor de la Universidad de Navarra y Exsecretario General de la Delegación del Gobierno.

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