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Echa a andar la ‘ITV’ de los 120.000 edificios con más de cincuenta años

Se establece un año de plazo para presentar el informe sobre su estado de conservación// Los concellos podrán dar más tiempo

Con la publicación, este martes, en el Diario Oficial de Galicia (DOG) del decreto que regula el informe de evaluación de los edificios y la creación de un registro gallego específico, comienza la cuenta atrás para que los alrededor de 120.000 inmuebles que tienen 50 o más años de antigüedad en Galicia tengan que presentar un estudio donde conste su estado de conservación. El decreto pretende el cumplimiento de la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y regeneración y renovación urbanas de Galicia.

De esta forma, los edificios de 50 años o más de Galicia, con independencia de su uso residencial o comercial, deberán presentar un análisis que acredite su situación actual y estado de conservación, así como el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad y su grado de eficiencia energética.

El informe será obligatorio excepto en el caso de que el inmueble tenga una declaración en firme de ruina y aquellos que cuenten ya con un certificado de inspección técnica de edificación (ITE), que solamente tendrán que completarlo con la parte destinada a la accesibilidad y a la eficiencia energética.

El documento, que deberá inscribirse en el Registro Gallego de Informes de Evaluación de los Edificios (Regiae), que se creará a tal efecto, tendrá que ser elaborado por un técnico competente y presentado en el Ayuntamiento correspondiente donde esté ubicado, en el plazo general de un año, a contar desde el 20 de mayo –momento en que entra en vigor el decreto–, desde que el inmueble cumpla los 50 años de vida. El mismo plazo rige para los inmuebles que actualmente ya tengan esa antigüedad. El análisis tendrá vigencia de 10 años, transcurridos los cuales deberá hacerse de nuevo.

De todas formas, el decreto establece que los ayuntamientos podrán establecer su propio calendario de presentación de informes, sobre todo pensando en aquellos municipios con un volumen de edificios antiguos elevado. En este caso, podrán establecer una moratoria, que será, según indica el DOG, de un máximo de un año para aquellos inmuebles catalogados o declarados bien de interés cultural, y de 3 años para el resto de edificios de más de 50 años. Solo serán válidos los informes presentados en el ayuntamiento correspondiente y debidamente inscritos en el Regiae.

20 abr 2021 / 20:47
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