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No verá la carretera en 12 años el hombre que arrolló a un motorista

A la pena de cárcel, por el homicidio ocurrido en 2019, suman la retirada del permiso otros seis

Ourense. Condenado a doce años de cárcel, diez de ellos por homicidio y otro par por conducir sin el carné, el varón que se llevó la vida de un motorista cuando atravesaba una vía a más del doble de la velocidad permitida, pues circulaba a 125 kilómetros por hora cuando el tramo estaba restringido a 60. La víctima, que tenía 37 años, no pudo hacer nada para evitarlo y fue arrollada en el acto.

Así lo decidió este miércoles la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense. En este contexto, tal como recoge el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, es considerado culpable de los delitos de homicidio, conducción temeraria y manejar su vehículo sin permiso. Junto a la pena de prisión, también se le impone la privación de este último por otros seis años.

Todo sucedió en septiembre del pasado 2019, fecha en la que tuvo lugar el trágico suceso que se produjo exactamente en la Nacional 525, cercana a Ourense, cuando el procesado realizó una maniobra temeraria, atropelló al motorista y, sin reparo alguno, aceleró en vez de frenar.

Con ello, “el conductor de la motocicleta resultó envuelto y atrapado en los bajos del Audi conducido por el acusado durante una distancia aproximada de cincuenta metros”, señala la sentencia.

Al mismo tiempo, los magistrados evidenciaron que el imputado, que tenía entonces 36 años, uno menos que la víctima, además de no parar “tras contactar con especial violencia con la motocicleta”, siguió adelante, arrastrando consigo “brutalmente al motociclista, lo que a buen seguro le causó la muerte”.

“Tal y como se demostró en el juicio, el motociclista era muy corpulento y la percepción de su arrastre bajo el turismo era indiscutible. Sabía que, si no frenaba tras el alcance inicial, las consecuencias, plenamente perceptibles, serían letales, y a pesar de ello, continuó su marcha”, añadieron los jueces.

Igualmente, estimaron que está más que corroborado que el sospechoso “antepuso su propósito de no ser descubierto –por hallarse privado del permiso de conducir– a aminorar el daño físico a un tercero”, manifiestan, asegurando que, eludiendo las “reiteradas advertencias” de su copiloto, no detuvo el coche.

El Ministerio Público, que demandaba para el acusado una condena de 20 años de cárcel, contemplando en ella diversos delitos, como homicidio, omisión del deber de socorro, contra la seguridad vial y encubrimiento, finalmente ha tenido que conformarse con los 12 que residirá el encausado en prisión, pues el juzgado no ve acreditada la comisión del delito de conducción contra la seguridad del tráfico por consumo de estupefacientes y alcohol.

“Ciertamente en momento anterior (varias horas antes) el acusado consumió (se desconoce cantidad) cocaína y alcohol pero no aparece probado, a tenor de la prueba practicada, que tal consumo afectase en la conducción del vehículo; extremo que no puede aparecer representado en exclusiva por la ocurrencia de un accidente viario”, sostiene la sentencia.

Para ello, la sala tomó en cuenta las declaraciones del copiloto, quien sostuvo en el juicio que “no le vio alterado en su conducción, y que lo vio normal”. En este contexto, los jueces absolvieron a una mujer, que también se sentó en el banquillo por haber podido encubrir al procesado. ecg

08 abr 2021 / 01:00
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