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el dedo en la llaga

Ya está aquí el nuevo modelo de contratación pública

    MUCHAS cosas deben cambiar en la Administración pública. De hecho, muchas cosas están cambiando ya, una mayor transparencia en la gestión pública, reforzada por las normas y órganos de control. La transformación digital, impulsada por la llegada de la administración electrónica. Y una mayor apertura de los gobiernos y a la participación ciudadana en los procesos de toma de decisión. Y a todos estos cambios se añade ahora un nuevo marco legal en materia de contratación pública, con una ley, de reciente aprobación, que pretende implantar un nuevo modelo de contratación pública.

    La Ley de Contratos del Sector Público busca cambiar la orientación del modelo anterior. Frente a un diseño puramente economicista, el nuevo modelo, consecuencia del mandato comunitario, conecta la contratación pública con objetivos sociales, medioambientales, de innovación y desarrollo que la sociedad demanda de la Administración. Y para su consecución se contemplan medidas de diferente naturaleza, que pretenden impactar en un impulso a la innovación pública, pero también actuar sobre el desarrollo económico de un sector tan relevante como las pymes y la protección a los derechos de los trabajadores.

    En cuanto al impulso a la innovación pública, aunque pueda parecer que la innovación es patrimonio exclusivo del sector privado, y que la vetusta Administración permanece ajena a un mundo en continua y vertiginosa transformación, no es así. Y para impulsar esa innovación, se prevén nuevos mecanismos que faciliten esa dimensión. Así, la ley crea una nueva modalidad, el contrato de asociación para la innovación, con la finalidad de favorecer la introducción en la Administración de nuevas técnicas para alcanzar unos servicios públicos, cada vez de mayor calidad, que abre un escenario de infinitas posibilidades.

    En el ámbito socio-laboral, y como medida directa de mejora, se refuerza la protección de los trabajadores en un sector en el que la subcontratación y la presentación forzada de ofertas económicas a la baja, habían conducido a una precarización en el empleo. A tal fin, se establecen obligaciones de carácter esencial relativas a la calidad de las condiciones de empleo y de retribución, hasta el punto de que su incumplimiento puede justificar la resolución del contrato. Y, por otra parte, se establece la obligación de respetar los convenios sectoriales, para evitar la citada precarización.

    Y es precisamente esa visión estratégica de la contratación pública, la que lleva a incorporar medidas para la participación de las pymes. Para ello, el recurso a la división en lotes, y la simplificación y reducción de los trámites administrativos y las cargas burocráticas, facilitarán sus relaciones en el acceso a los contratos de la Administración. Libre acceso todavía en mejores condiciones gracias a la generalización de los medios electrónicos que facilitarán la libertad de cualquier licitador para participar en los procesos de licitación, sin obstáculos territoriales. El legislador demuestra así una especial sensibilidad hacia la caracterización del tejido empresarial en nuestro país, donde las pymes presentan el 99 %.

    En definitiva, se pretende r­eorientar la actividad contractual del sector público, como una acción estratégica que forme parte de la definición de las políticas públicas, pasando de una visión puramente economicista para convertirla en una herramienta para alcanzar los objetivos de integración social y medioambiental. En la nueva contratación, el precio deja de ser la única variable a tomar en consideración. Variable que, por otra parte, no había ofrecido unos resultados demasiado buenos, el recurso frecuente a los modificados y liquidaciones extraordinarias así lo demuestran.

    Citando la propia norma, la contratación pública desempeña un papel clave, puesto que se configura como uno de los instrumentos basados en el mercado interior que deben ser utilizados para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso con mayor racionalidad económica de los fondos públicos. A estos objetivos responde la nueva Ley de Contratos del Sector Público. El tiempo dirá si la nueva configuración es la adecuada.

    Doctora en Derecho y secretariade Administración Local

    11 nov 2017 / 20:55
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