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Comunidades de vecinos ya vetan en sus edificios el alquiler turístico

La Ley de Propiedad Horizontal permite desde marzo aprobar la prohibición con el acuerdo de las 3/5 partes de los propietarios

¿Puede una comunidad de propietarios prohibir el alquiler de una vivienda turística? La respuesta es sí. Y es que ante la proliferación de viviendas alquiladas para uso turístico, desde el pasado 6 de marzo las comunidades de propietarios ya pueden vetar el alquiler turístico en los pisos, para lo cual se necesita el acuerdo favorable de las 3/5 partes del total de los propietarios. Solo en Cataluña se exige la mayoría de 4/5 de sus propietarios. En este sentido, algunas comunidades de vecinos de Santiago ya han implantado esta medida, tal y como destacan desde diferentes inmobiliarias de la ciudad.

Eso sí, la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal que ha aprobado el Gobierno para poner coto a los pisos turísticos no tendrá efectos retroactivos y solo permitirá a las comunidades de vecinos vetar las nuevas viviendas vacacionales y no las que ya están operativas y funcionan legalmente. Hasta hace unos meses, la prohibición para el alquiler turístico requería un acuerdo por unanimidad de los propietarios.

Esta nueva normativa aprobada por el Gobierno se une a otros mecanismos que se han puesto en marcha desde la Administración para extremar el control sobre la proliferación de pisos turísticos, muchos de ellos ilegales, tal y como subrayaron hace unos días tanto el alcalde de Santiago como desde la Asociación Galega de Inmobiliarias (Agalin), si bien no coincidían en los datos. Xosé Sánchez Bugallo afirmaba que del parque total de viviendas, 50.000, los pisos turísticos solo representan un 3 por ciento. Por contra, según un estudio de Agalin en el que se han cotejado los datos propios de las inmobiliarias de la zona de Santiago con los de los portales de alquiler de vivienda más importantes, "a día de hoy hay menos de un centenar de pisos disponibles en Compostela para el alquiler tradicional".

Además, las inmobiliarias destacan que el informe Urbantur recoge que Santiago es la ciudad española con una mayor presión turística potencial en función del alojamiento, ya que cuenta con 138 plazas por cada 1.000 habitantes, por delante de Granada (124) Barcelona (116), San Sebastián (106), Palma de Mallorca (77) o Sevilla (76).

En este sentido, para intensificar el control ante la proliferación de pisos turísticos ilegales, la Xunta obliga a los propietarios a que las viviendas estén identificadas con su código de registro en las plataformas donde se promocionen o comercialicen. Además, tienen que inscribir los inmuebles en un registro autonómico público, de lo contrario serán multados. Las sanciones pueden ser leves (el apercibimiento puede alcanzar los 300 euros) o graves, como prestar servicio sin autorización turística (de 900 a 9.000 euros). La reincidencia incluye sanciones de hasta 90.000 euros.

Asimismo, desde la Administración autonómica también se castigará a los portales web de alojamiento, como Airbnb, que oferten pisos turísticos ilegales.

ACUERDOS

Cuotas especiales de gastos

•••El veto a los pisos turísticos se aprobará mediante el acuerdo favorable de las 3/5 partes del total de los propietarios. Una vez celebrada la junta de propietarios, el acuerdo deberá notificarse a los a propietarios ausentes para que en el plazo de 30 días desde la notificación pueda manifestar su discrepancia, en caso contrario, se entenderá que su voto es a favor de lo adoptado en la junta. Las comunidades de vecinos podrán adoptar acuerdos para establecer cuotas especiales de gastos o un incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda donde se realice la actividad turística.

30 nov 2019 / 22:54
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