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Declaran inocente al joven que fue denunciado por violación en Noia la noche de fin de año

El Tribunal califica la versión del acusado de “sostenida, verosímil, arriesgada y firme”// En la declaración de la chica hay “problemas de coherencia interna y desconexión con otros vectores de prueba”

  • 18 jun 2021 / 01:00
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“Absolvemos al acusado de los delitos de agresión sexual o abuso sexual imputados”. Fue la decisión unánime del Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia provincial de A Coruña, presidido por el magistrado Ángel María Judel Prieto, que fue el ponente de la sentencia, Miguel Ángel Filgueira Bouza y Salvador Pedro Sanz Crego, en relación a la denuncia formu- lada contra un joven por parte de una chica, ambos tenían 19 años cuando ocurrieron los hechos en Noia, durante la noche de Fin de Año de 2017, por un presunto delito de abusos sexuales con violación. Un hecho que causó un enorme impacto en la comarca donde ambos son muy conocidos.

Los magistrados en su sentencia reconocen la complejidad de este proceso en el que hay dos versiones distintas de lo ocurrido aunque, relatan ya de entrada en la sentencia las dificultades que “entran en juego cuando existe una duda racional sobre la real concurrencia de los elementos del tipo penal, aunque se haya practicado una prueba válida con cumplimiento de las correspondientes garantías procesales” aunque, antes de exponer las consideraciones, ya adelantan “una conclusión que, a nuestro criterio, es imperativo jurídico: la absolución del procesado”.

Recuerdan que ambos jóvenes se conocían y coincidieron en un bar de Noia de donde salieron juntos y se dirigieron a las “casas de los militares” donde mantuvieron contacto físico consentido, según la versión de ambos.

A partir de ahí la chica asegura que “le gustaba el acusado y pensó en pasar un buen rato pero sin más”, afirmó que “hablaron, se besaron y realizaron dos veces el coito consentido sin preservativo de frente contra la pared” y mantuvo que posteriormente “la sorprendió al penetrarla analmente, le dijo que parara y no lo hizo”.

El muchacho, por su parte, sostuvo que “él no quería llegar al sexo y ella le desabrochó los pantalones y le hizo una felación, se dejó llevar y como no alcanzaba una erección y estaba incómodo, a los 15 minutos pone fin a la situación y regresan del brazo al bar”.

El tribunal califica de “verósimil” la versión del joven sosteniendo que es “firme, arriesgada y sostenida en el tiempo” mientras que el relato de la denunciante, afirman, “traduce problemas de coherencia interna y desconexión con otros vectores de la prueba”.

En los fundamentos se señala que mientras ella “da por sentada la eyaculación” la pericial genética-forense, “no objetiva la presencia de espermatozoides y el PSA y demás indicadores de semen o ADN o son negativos o no arrojan resultados concluyentes que permitan individualizar un perfil genético con valor identificativo”.

Además, de acuerdo con la sentencia, “la pericial médico-forense en juicio aclara que el pequeño desgarro en la región anal es compatible con una penetración aunque también se puede producir con los dedos o por estreñimiento, que es factible encontrar ADN en la vagina a los 5-7 días, que la lesión se causó escasos días antes e incluso se observa en relaciones sexuales consentidas”.

Por todas las consideraciones analizadas los magistrados considera que “vemos lagunas relevantes en la narración fáctica de la acusadora particular, vínculos previos que influyen en el canon de credibilidad (aún considerada una perspectiva de género) y conductas posteriores de alguna forma incompatibles con el hecho imputado (desde máximas de experiencia judicial); falta corroboración suficiente de índole pericial genética o lesional, y ponderamos la declaración del acusado como no inverosímil en absoluto y sí apoyada decisivamente por prueba testifical”.

La Fiscalía pedía para el acusado, que se encontraba en libertad condicional tras haber abonado una fianza de 10.000 euros para salir de la cárcel , una pena de 6 años de prisión y seis años de libertad vigilada, prohibición de acercamiento a distancia no inferior a 1.000 metros y una indemnización de seis mil euros.

TESTIGOS
SORPRESA EN LOS AMIGOS

··· El Tribunal considera que, de acuerdo con las testificales de amigas de la víctima, “al compartir inmediatamente el incidente no sostiene un hilo de coherencia” ya que aunque la mayoría reconocen que ella les contó que el joven la había violado analmente la mayoría dudaban de su versión, incluso una de ellas llegó a decir que “pensaban que nos estaba vacilando” ya que tras regresar juntos siguieron la juerga toda la noche hasta la 10 de la mañana en bar Equus, el Baoba y la discoteca Guimare. Otra de las testigos, amiga de la presunta víctima, declaró en el juicio que comentaron que “les extrañaba que no se hubiera ido para casa” si la hubieran violado. Para los jueces “es desconcertante” la estancia continuada en los locales donde, según otros testigos, “estaba bien” recordando que “ se obtuvo un vídeo de la chica bailando que fue subido a una red social”

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