Galicia

Expulsado el agente que filtró información a los narcotraficantes gallegos

El Supremo confirmó su exclusión del cuerpo policial tras cumplir los tres años de prisión

    • 24 jun 2022 / 00:00
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    Lugo. El Tribunal Supremo (TS) confirmó la expulsión del agente de la Guardia Civil que fue condenado a tres años de prisión. El oficial obtuvo su condena por filtrar informaciones de investigaciones judicializadas y secretas, incluidos datos de los confidentes y sus compañeros, a narcotraficantes gallegos, lo que frustró su detención.

    El condenado vio como la Sala de lo Militar desestimaba su recurso contra la resolución de la ministra de Defensa, quién le impuso, en el año 2021, una sanción disciplinaria de separación del servicio por una falta muy grave. Para ella, el agente fue sancionado por “cometer un delito doloso condenado por sentencia firme, relacionado con el servicio, o cualquier otro delito que cause grave daño a la Administración, a los ciudadanos”.

    Esta sanción se impuso una vez que el Supremo confirmó, en el 2020, la sentencia de la Audiencia de Pontevedra, que condenó a tres años de prisión al guardia civil por revelación de secretos.

    El agente, que estaba integrado en el Equipo contra el Crimen Organizado de la Guardia Civil en Galicia (ECO Galicia) tenía un amigo que pertenecía a la Policía Judicial. Juntos, acordaron, valiéndose de su destino profesional, hacerse con “diversa información relevante y sensible propia de las distintas investigaciones y operaciones judicializadas” llevadas a cabo sobre narcotráfico.

    Esta información recaudada iba de un agente a otro, quien a su vez, se la entregaba a una persona vinculada policialmente al tráfico de drogas. Este individuo era el que alertaba a las personas que estaban siendo investigadas.

    Asimismo, entre otras “gravísimas conductas”, el agente condenado “filtró a los propios investigados por narcotráfico en diversas operaciones, información relevante y sensible de las actuaciones que les afectaban, frustrando su detención y facilitándoles su impunidad”, recoge la sentencia del TS.

    Por si fuera poco, también “filtró la relación de confidentes” de la Unidad, con sus datos personales, “provocando un grave riesgo para su integridad” así como la información que éstos suministraban a la Guardia Civil. A su vez, hizo lo mismo con los datos personales de sus compañeros.

    En definitiva, el condenado “saboteó durante al menos seis meses” -entre enero y julio de 2013 cuando fue detenido- los trabajos de investigación del ECO Galicia, en el que se encontraba integrado, y “puso en grave riesgo a sus compañeros y a los confidentes”.

    El agente, en su recurso, adujo que no consta acreditada ni en el procedimiento ni en la resolución de Defensa que la conducta por la que ha sido condenado haya causado grave daño a la administración.

    No obstante, el Supremo recordó que la resolución da cuenta del “grave quebranto inferido a la Administración, al haberse frustrado el curso de investigaciones judiciales secretas, relativas al narcotráfico, habiéndose obstaculizado el seguimiento de los investigados o habiéndose impedido la detención de éstos”.

    Además, denunció que “el comportamiento del agente choca frontalmente con los deberes de honradez y probidad que exigen su pertenencia a la Guardia Civil, de cuyos miembros se predica un plus de moralidad”. Con todo, también indicaron que era difícil imaginar un daño mayor a la benemérita en persecución de un delito. efe

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