Galicia

Ratifica el Supremo la condena por blanqueo a Miñanco y su familia

Solo se libra su excuñada, a la que absuelven // Decreta el cierre definitivo de la inmobiliaria

  • 16 abr 2021 / 01:00
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Confirmada la pena por blanqueo de capitales para el narco gallego José Ramón Prado Bugallo, apodado Sito Miñanco, que al final se quedará en los tres años y nueve meses de cárcel, así como una multa de cinco millones de euros.

Dicha condena, que determinó este jueves el Tribunal Supremo, supone una pequeña rebaja frente al “castigo” dictaminado por la Audiencia de Pontevedra, que había decidido para dicha causa una estancia en prisión de cuatro años y seis millones a pagar.

En este contexto, el alto tribunal ha acordado esta liviana disminución de las penas impuestas anteriormente a Miñanco; su antigua cónyuge, Rosa Pouso; su hija mayor, Rosa Prado; y al empresario José Alberto Aguín, después de haber considerado diferentes dilaciones del proceso “indebidas”. Todo comenzó en 2009.

Así pues, los magistrados han puesto en libertad a la excuñada del narcotraficante más reconocido de Galicia, tras determinar que los actos por los que había sido condenada (en la sentencia de la Audiencia Provincial) no eran concluyentes. Para el jurado, en su caso, el blanqueo de dinero vinculado al tráfico de estupefacientes suscita razonables dudas.

No se libra Miñanco, al que el Supremo ha penado con tres años y nueve meses de prisión, un escarmiento que se extiende prácticamente por completo a su exmujer: tres años y seis meses. De igual forma, ambos deberán pagar cinco millones de multa.

Por lo que respecta a Aguín, queda con la misma condena que la antigua cónyuge del narco gallego, mientras que su hija solo pagará cuatro millones y su estancia en la cárcel se reducirá únicamente a los tres años y tres meses.

Con ello, el dictamen coincide con los demás pronunciamientos que recoge la sentencia emitida por la Audiencia de Pontevedra, incluyendo tanto el cierre definitivo de la empresa inmobiliaria San Saturnino como el decomiso de sus bienes.

Asimismo, el tribunal considera que la estructura organizada que idearon y desarrollaron los condenados está suficientemente acreditada, caracterizada principalmente por los intensos lazos sentimentales de los involucrados.

Además, determinan que todos ellos blanquearon dinero del narcotráfico entre 1988 y 2012, sobre 24 años, mediante un conjunto de entidades instrumentales que estaban “constituidas para la ocultación y retorno de las ganancias obtenidas o vinculadas con las actividades de una enorme magnitud de narcotráfico en las que participó Sito Miñanco”.

El escrito del Supremo, de la que fue ponente el juez Javier Hernández, examinó las actuaciones probadas de la sentencia emitida por la Audiencia Provincial, conforme las que Miñanco “desarrolló desde los años ochenta actividades relacionadas con el narcotráfico de una especial relevancia cuantitativa y cualitativa por las que resultó condenado en dos ocasiones a graves penas de prisión”.

A ello, suma que el narco gallego creó las sociedades San Saturnino y Jolva a través de las cuales se compraron 34 construcciones y trece fincas en ese lapsus temporal. Todas estas, después, fueron gestionadas por Rosa (su exmujer) y José Alberto (el empresario).

UN MODELO QUE TRANSFORMÓ GANANCIAS ILÍCITAS DURANTE MÁS DE 20 PRIMAVERAS. Igualmente, esta resolución mantiene que Sito Miñanco “creó un modelo de transformación de las ganancias ilícitas derivadas de su actividad criminal prolongada durante más de veinte años en el que participaron las personas más próximas de su círculo más íntimo personal y familiar”.

Sobre esto, además, añade que las adquisiciones de los inmuebles no correspondían con los ingresos que generaban sus compañías o los precios de compra. Estos últimos eran muy inferiores en comparación a los precios que circulaban en el mercado.

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