Hemeroteca

Audasa, condenada por cobrar peajes abusivos durante las obras de la AP-9 en Rande

Deberá restituir el importe cobrado de más, junto con los intereses, a los usuarios que hayan circulado por ese tramo en ese periodo de tiempo // Tráfico contabilizó entonces hasta 202 retenciones // Puede ver aquí la sentencia

  • 24 feb 2020 / 12:11
  • Ver comentarios
Noticia marcada para leer más tarde en Tu Correo Gallego

El juzgado de Pontevedra acaba de fallar en contra de Audasa en el caso de los cobros de peaje abusivos durante las obras del tramo de Rande en la AP-9. La compañía que explota la autopista deberá devolver el dinero cobrado de más, y los intereses, a los usuarios afectados.

La sentencia estima parcialmentela demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal, a la que se han adherido las asociaciones Adicae y En Colecivo, así como diferentes particulares, contra Autopistas del Atlántico Concesionaria Española, S.A. (Audasa), y acuerda, en primer lugar, la condena de Audasa a cesar en la práctica abusiva consistente en cobrar los peajes de manera íntegra a los usuarios de la autopista en los casos en que en la misma se produzcan incidencias que se puedan calificar como circulación interrumpida con carretera cortada, o circulación difícil, muy lenta con paradas frecuentes y prolongadas, o circulación irregular, lenta con paradas esporádicas, siempre que a dichos usuarios no se les haya facilitado información sobre el estado de la vía (que comprenda el punto kilométrico en que se sitúa la incidencia, la demora estimada derivada de la misma, o incluso una breve referencia a su causa), con la antelación suficiente como para que pudiesen optar, en condiciones de seguridad, por no incorporarse a la autopista o por abandonarla antes de llegar al tramo afectado.

El fallo del tribunal declara la nulidad de esas prácticas abusivas consistentes en cobrar peajes íntegros en el tramo de la autopista AP-9, cuando se produjeron las 81 incidencias enumeradas, y condena aAudasa a restituir el importe cobrado en concepto de peaje, junto con el interés legal devengado desde la fecha de cada pago, a los usuarios que hayan circulado por el tramo de la autopista AP-9 afectado por alguna de las 81 incidencias enumeradas,en las fechas y dentro de las franjas horarias en que las mismas tuvieron lugar.

Audasa, por último, deberá asumir el coste de la publicación del Fallo de esta Sentencia en el diario Marca. La publicación se realizará tanto en su versión impresa, donde deberá ocupar una página entera, como en su página web, donde deberá ser mantenida durante al menos 24 horas

En la denuncia interpuesta el 3 de diciembre de 2018, el Ministerio Fiscal presentó en el Juzgado demanda de Juicio Ordinario contra Audasa, en ejercicio de acciones de cesación, nulidad, restitución de cantidades e indemnización de daños y perjuicios, mediante las cuales solicitaba, en términos generales, lo siguiente: a) que se declarase la nulidad de cierta práctica de la demandada consistente en cobrar peajes íntegros a pesar de graves incidencias en el tráfico; b) que se condenase a la demandada a cesar en la práctica considerada abusiva, y se fijase un cierto sistema para adecuar el cobro de los peajes a las circunstancias del tráfico, con proposición de uno principal y otro subsidiario; c) que se condenase a la demandada a reintegrar el importe de los peajes cobrados en virtud de esas prácticas abusivas a los consumidores; d) que se condense a la demandada a indemnizar a los consumidores en ciertos supuestos; y e) que se acordase la publicación de la Sentencia en un diario de ámbito nacional.

CONSIDERACIONES

La sentencia, en sus fundamentos jurídicos, considera que Audasa tendría encomendada, en régimen de concesión administrativa, la construcción, conservación y explotación de la AP-9; vía que constituiría una infraestructura fundamental en las comunicaciones en Galicia, uniendo el norte y el sur de la comunidad y constituyendo, incluso, la prolongación natural de las autopistas portuguesas que canalizan el tráfico de ese país hacia Galicia. Además, sería la única vía que permitiría al tráfico rodado atravesar la Ría de Vigo, precisamente en el tramo del Puente de Rande.

La Dirección General de Tráfico (DGT) habría contabilizado hasta 202 retenciones durante el periodo de obras; de ellas, 2 habrían sido de código negro (circulación interrumpida), 13 de código rojo (circulación difícil; circulación muy lenta con paradas frecuentes y prolongadas), 101 de código amarillo (circulación irregular; circulación lenta con paradas esporádicas) y 3 de código verde (circulación condicionada; circulación a velocidad moderada; densa). De ese número total de retenciones destaca 26, que se habrían producido en diversos días entre el 25 de mayo de 2015 y el 30 de mayo de 2018. A pesar de las incidencias mencionadas, Audasa habría mantenido en todo momento el cobro íntegro de los peajes.

El fallo menciona como hecho notorio que Audasa es quien mejor conoce la densidad de tráfico que a lo largo de todos los días del año, incluyendo cualquier fecha señalada de alta intensidad, accede al tramo de la AP-9 afectado por las obras aquí en cuestión. En este sentido, también resulta innegable que esta entidad es, y era en el momento de realización de las obras, quien se encontraba en mejor posición para sugerir y adoptar las medidas necesarias para garantizar unas mejores condiciones, tanto de servicio como económicas, a los conductores que pretendían desplazarse entre las ciudades de Pontevedra y Vigo, o entre la zona del Morrazo y cualquiera de esas dos ciudades.

POSICIÓN DE LA FISCALÍA
Ante esta situación, la Fiscalía ha subrayado la relevancia del fallo judicial al asegurar que supondrá "un precedente en todo el territorio estatal". Así, ha apuntado que, aunque se trata de una sentencia estimatoria parcial, se han contemplado "los principales criterios expuestos" en la demanda presentada.

De hecho, ha incidido en que el juez ha considerado como una "práctica abusiva" el cobro de los peajes de manera íntegra en los casos en los que se produzcan retenciones de relevancia, además de declarar la nulidad de esa práctica y obligar a la empresa a restituir el importe de lo cobrado.

El Ministerio Fiscal también ha remarcado que los términos de la sentencia "coinciden con lo expuesto en el recurso en contra de la personación de la Abogacía del Estado en la causa", puesto que "el auto se ciñe exclusivamente al ámbito de la explotación comercial y la relación entre empresa y usuarios, sin afectar o poner en riesgo las condiciones de la concesión". Además, ha avanzado que analizará "en profundidad" la resolución judicial para decidir "si presenta recurso a algunos de sus puntos".

RESPUESTA DE LOS AFECTADOS
Por su parte, en declaraciones a Europa Press, el presidente de En Colectivo, Diego Maraña, ha considerado como "un hito histórico" que la sentencia haya declarado la "nulidad" del cobro de los peajes de la AP-9 en el puente de Rande durante la realización de las obras.

Además, ha destacado el impacto que tendrá la resolución judicial "de cara al futuro", ya que, según ha apuntado, permitirá que los gallegos "no tengan que asumir" el pago del importe relativo a la utilización de la autopista cuando el servicio no se preste de un modo adecuado.

En este sentido, Diego Maraña ha incidido en que, pese a que el juez no ha contemplado la reclamación de En-Colectivo, que solicitaba que se abonase el doble del coste de los peajes a los afectados en concepto de indemnización, la lectura de la sentencia por parte de la asociación de afectados ha sido "positiva". También ha avanzado que los abogados analizarán el fallo para decidir si se presenta un recurso, aunque, en principio, no se plantea esta medida dado que la resolución judicial ha sido "condenatoria".

Mientras, Adicae ha señalado que la sentencia permitirá que "las prácticas calificadas judicialmente como abusivas no sean objeto únicamente de una mera declaración".Así, ha resaltado que la devolución de las cantidades cobradas durante las retenciones "supone la aplicación práctica de los derechos de los consumidores y hace que las compañías tomen en cuenta que el abuso sobre los consumidores comporta consecuencias". Asimismo, esta asociación ha avanzado que apoyará y organizará a los afectados que pidan la aplicación del fallo judicial.

Tema marcado como favorito