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CA emprende un embargo masivo de cuentas contra empresas deudoras

Por novena vez en lo que va de mes recurre al BOE para notificar a los contribuyentes, al no conseguir dar con ellos, lo que deben // Lo que sí encuentra son los bancos donde recaudar

    • 12 abr 2019 / 23:11
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    El gobierno local compostelano se está convirtiendo en el mejor cliente del Boletín Oficial del Estado, y parece que quiere despedir el mandato aplicando la vía do constrinximento a todo aquel que tenga una deuda con las arcas municipales, ya sea por impuestos, tasas, liquidaciones o sanciones.

    Si en los últimos días no se había librado de entrar en la lista negra ni el propio Raxoi, "al no haber podido ser localizado en su domicilio", en la última relación, publicada ayer, ya se pasa directamente de las palabras a los hechos.

    En esta ocasión ya se notifica directamente a los interesados -una larguísima lista de empresas, que se va a proceder al embargo directo de las cuentas para hacer efectiva la deuda contraída, más de trescientas en diferentes entidades, salvo que los interesados acudan a las oficinas municipales, concretamente en la de atención al contribuyente, situada en la rúa Presidente Salvador Allende, en el plazo máximo de quince días, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas.

    De no hacerlo así, a partir del día siguiente seguirá el proceso, y los incluidos en los estadillos, que ocupan once páginas del BOE, se encontrarán con su dinero bloqueado hasta que regularicen su situación con la Hacienda local compostelana. Parece que la efectividad del que gobierno local carece para encontrar a los contribuyentes -ni siquiera a sí mismos ni al Arzobispado de Santiago, que lo tienen enfrente- sí la tiene a la hora de dar con las cuentas bancarias para proceder a su embargo.

    En el listado que desde ayer se puede consultar en el libro oficial y en la página web municipal figuran desde compañías de servicios hasta constructoras, industrias alimentarias o de venta de vehículos. No se explica cuál es el origen de la deuda ni su importe, sino solo el CIF o el NIF, el número de expediente abierto y la entidad bancaria en la que se llevará a cabo el bloqueo de haberes.

    En las últimas semanas a los responsables de CA les ha entrado la prisa, y se acumulan las notificaciones de todo tipo una tras otra, bien para comparecer, bien directamente para constrinxir económicamente. En algunos casos se trata de pequeñas cantidades por algún recibo que no llegó a su domicilio, pero otras, como en la última relación sobre sanciones de tráfico, pueden llegar a alcanzar un importe de varios miles de euros debido a la acumulación de numerosas multas y a los correspondientes recargos por demora. En este caso, además, la dificultad para encontrarse es mayor, porque no aparece el nombre, sino solo la relación de matrículas, que ni siquiera están por orden alfabético o numérico.

    Este periódico recogía recientemente el caso de residentes en ayuntamientos limítrofes a los que por fallos en la dirección no les habían llegado las sanciones a tiempo, y éstas, además de por el retraso, que anula asimismo la posibilidad de bonificación por pronto pago, también habían multiplicado su cuantía por no haber identificado al conductor.

    Habitualmente este tipo de relaciones solían aparecer a finales de año, con las facturas que no se habían podido cobrar en el período ordinario, pero en las últimas semanas, cuando está a punto de finalizar el mandato por la convocatoria electoral, han comenzado a proliferar los avisos como setas.

    veinte días

    •••El argumento para recurrir a la publicación de la deuda en una publicación oficial es siempre que "habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido no se ha podido practicar". La aparición tiene el mismo efecto legal que una notificación entregada en mano, por lo que la tramitación del cobro puede seguir adelante.

    •••En el caso de las multas, se establece un plazo de veinte días desde la aparición en el BOE para poder beneficiarse de la reducción al 50 % de la sanción. Eso sí, siempre y cuando el interesado se entere de que su matrícula figura en la lista.

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