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fuera de contrato

Condenan a una empresa a pagar 24.000 euros a una empleada por horas extra

Su relación laboral con el negocio de hostelería era sólo de cuarenta horas, pero hacía más del triple ··Trabajó de más durante todo el año 2006

    • 05 dic 2007 / 22:58
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    Una trabajadora del sector de la hostelería en la capital gallega recibirá 24.000 euros en pago por las horas extra realizadas al margen de su contrato laboral, según establece la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago que ayer hizo pública el sindicato Comisiones Obreras.

    Las horas extra se llevaron a cabo, según el veredicto judicial, a lo largo de todo el año 2006, cuando la demandante se veía obligada a trabajar en el negocio de hostelería el triple de las horas que estaban establecidas en su contrato laboral, y sin percibir por ello un pago a mayores de su salario.

    La empresa para la que trabaja esta empleada se verá obligada ahora a retribuirle todas las horas de más que el juez considera probado que estuvo trabajando durante todo el año 2006, a pesar de que en su contrato no figuraban más que veinte horas semanales.

    Jornada ficticia

    La relación contractual de la trabajadora con la empresa de hostelería, de carácter indefinido, establece una jornada que va de las doce del mediodía a las tres de la tarde de martes a viernes, y de las doce a cuatro los sábados y los domingos, lo que supone un total de veinte horas semanales. Por contra, la sentencia considera probado que la jornada real que hacía esta empleada en el negocio de hostelería era de más de sesenta y seis horas semanales, repartidas por igual, de martes a domingo, de las doce del mediodía a las cinco de la tarde y desde las siete hasta la una de la madrugada.

    Cuarenta y seis por semana

    Así, se estima que la empresa le adeuda cuarenta y seis horas semanales correspondientes a todo el año. Según estipula el convenio colectivo del sector de la hostelería, aprobado el 29 de septiembre de este año, las horas extra tienen un coste de 12,62 euros cada una. Así, la cantidad que deberá pagársele a la trabajadora en concepto de horas a mayores de su jornada laboral asciende a 24.000 euros.

    En el juicio la trabajadora estuvo representada por los servicios jurídicos de Comisiones Obreras, que interpusieron la demanda en nombre de la empleada y han logrado que el Juzgado de lo Social de la capital gallega reconozca la deuda que la empresa tiene con ella.

    LAS CLAVES

    Jornadas hasta la una de la madrugada

    Aunque el contrato de la trabajadora establecía un horario de doce del mediodía a tres de la tarde durante la semana, y de doce a cuatro los sábados y domingos, en la práctica la jornada se extendía a diario hasta la una de la madrugada, de forma que se triplicaban las horas reales de trabajo sobre las que se reconocían en el contrato laboral.

    Al precio del convenio colectivo

    La sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago toma como base el precio de las horas extra que establece el convenio colectivo del sector de hostelería, 12,62 euros, para establecer la indemnización que la empresa deberá ahora abonar a la trabajadora, en retribución por las horas que trabajaba sin que estuviesen reconocidas en su contrato .

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