O Correo de Ordes-Arzúa

Sobreseída la causa por malversación y falsedad contra el exregidor Dafonte y la secretaria de Trazo

  • 12 mar 2021 / 12:09
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El Juzgado de Instrucción número 1 de Ordes acaba de emitir un auto en el que declara el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra el exaldalde de Trazo, José Dafonte, y la secretaria municipal por presunta malversación y falsedad en documento público que ni la fiscalía ni la magistrada han llegado a apreciar. En este caso, la defensa fue llevada con éxito por José Manuel Roibás Vázquez y Jorge Romero Rivera.

Según el argumento de la juzgadora, en el caso de autos “y a la vista del contenido de la denuncia y de las diligencias practicadas, no se aprecian indicios suficientes de la comisión de delito alguno”. En concreto, y respecto a la falsedad en documento que se atribuía a la secretaria, deja claro que “no se puede apreciar ninguna de las conductas típicas” de tal ilícito, y rechaza el único proceder que podría ajustarse a este delito, ya que cree seguro que no se ha producido “una alteración esencial en los elementos del documento, faltando en cualquier caso el elemento subjetivo o ánimo doloso en el agente de transmutar la verdad”.

Y en lo que atañe a la malversación atribuida al exmandatario, la misma fuente aporta que este delito se caracteriza “por darle a dichos caudales un destino diferente del legalmente previsto”, para lo que “también exige una serie de elementos para su concurrencia, como indica el Ministerio Fiscal en su informe, que se asume aquí íntegramente, y en particular se considera que no existe el elemento subjetivo: el ánimo de lucro en la conducta del alcalde”.

De esta forma, la magistrada reseña en su auto que Dafonte “se limitaba a pedir el reintegro de gastos en los que había incurrido por desplazamientos y actuaciones fuera del Ayuntamiento pero relacionadas con su actividad, centrándose la querella en que algunas de estas dietas se referían a días inhábiles (vacaciones, festivos, fines de semana), manifestando el investigado en su declaración que probablemente se trataría de un error suyo de transcripción o del funcionario que redactaba las órdenes de pago (sin poder descartar además que dichos desplazamientos pudieran tener lugar efectivamente en días inhábiles), pero en cualquier caso es difícil apreciar el ánimo de lucro cuando el alcalde había renunciado a su nómina”, apuntaba.

Hay que recordar que la denuncia partió de los concejales socialistas en la Corporación de Trazo, Beatriz Domínguez y Jorge Noya, y que contra el pronunciamiento judicial cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación o recurso de apelación directo.

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