Firmas

Los cuneros

    • 15 abr 2021 / 01:00
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    YA no se utiliza mucho esta palabra, que hacía referencia, cuando se usaba, a los candidatos que se presentaban a las elecciones por una provincia distinta a aquella en la que residían. Hoy podría discutirse si debería seguir siendo obligatorio vincular a la residencia la aspiración electoral.

    Podría argumentarse a su favor que debería entenderse que los electores deberían ser los vecinos y viceversa porque, al fin y al cabo, de quien sale electo se dice que es “diputado por ...”, entendiéndose que representa en la Cámara los intereses de aquellos vecinos que lo eligieron.

    También es cierto, sin embargo, que cada vez es más difícil esa identificación territorial tan estricta de los intereses vecinales. Hoy en día, por ejemplo, en el Congreso de los Diputados, eso funcionaría para el representante de Teruel Existe, pero no para ningún otro. Aunque también es cierto que él se presentó a las elecciones demarcando previa y exclusivamente su compromiso, cosa que no hizo ningún otro.

    Así, cuando interesa, los diputados electos ni ellos mismos se señalan como representantes de la provincia concreta por la que se han presentado a las elecciones. Vean, por ejemplo, como el único representante del BNG en el Congreso se anuncia como “por Galicia”, no por ninguna de sus provincias, creyendo que eso le otorga un rango diferente.

    Y hablando de Galicia también podríamos señalar el caso de una de las actuales vicepresidentas del Gobierno, conocida y señalada como ferrolana pero elegida diputada por Pontevedra. Parece que cada quien se presenta no tanto por su vecindad como por la mayor posibilidad de resultar electo.

    En fin: que hay cuneros y cuneras y ya no es tan fácil como antaño juzgar si conviene o no que los haya. Aunque quizá fuese más oportuno, tal como van las cosas, que se dijera que tal o cual electo lo es, sí, “por”, pero no refiriéndose a la provincia donde pide que le voten sino al partido político de cuya lista electoral forma parte. Yo creo que así habría menos confusiones.

    El único límite es que el candidato figure en el censo electoral (ahora sí que exclusivamente provincial, porque es lo que dice la ley), en el que también figuran uno por uno sus electores. Como si sólo se pudiese votar a uno “de entre los nuestros”, censalmente, claro. Y para figurar en el censo electoral de tal o cual provincia es indispensable (porque también lo exige la ley) estar empadronado en uno de sus municipios. Y todo eso a la fecha en que sean convocadas unas elecciones.

    ¿Hay que repetir todo esto? Creo que Toni Cantó sabe que no.

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