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Respeto a la judicatura

    • 24 nov 2022 / 01:00
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    EN mi juventud con ocasión de un encuentro con un abogado en ejercicio amigo de la familia, en el curso de la retahila de consejos que dirigía a quien entonces no era más que un humilde estudiante, dejó caer una recomendación que no he olvidado y que venia a decir: respeto absoluto a los jueces, constituyen un colectivo temible por su corporativismo y que no olvida afrentas. El largo tiempo transcurrido desde entonces me ha permitido constar la exactitud de aquel diagnóstico.

    Viene esto a cuento por el rebumbio de estos días a causa del efecto lamentable derivado de una fisura en la redacción de una ley nueva, surgida a instancias de una parte bien definida del Gobierno actual. Y resulta paradójico que una ley laudable en su intencionalidad y objetivos y seguramente necesaria para proteger a un sector bien definido de la sociedad española, en defensa de lo más legítimo de su libertad en materia sexual, haya conducido a un estado de cosas tan inadecuado. Salida del tiro por la culata, tiro en el pie, u otras similares, podrían ser frases de uso común perfectamente aplicables al caso.

    Sucede que ese portillo abierto en el nuevo texto legal ha dado pie a la aplicación del principio de retroactividad favorable al reo en la aplicación de las penas, y que lógicamente no podía ser desaprovechado por sus abogados. Resulta francamente de muy difícil comprensión que algo tan elemental en el conocimiento del derecho penal haya sido preterido, por no decir ignorado. Y si hubiere sido la soberbia la causa determinante de ese craso error al haberse ignorado por parte del equipo redactor dictámenes y reflexiones técnicas advirtiendo sobre el riesgo, tendríamos ahí un factor añadido al de incompetencia. Escoger como cláusula de cierre el insulto a la clase judicial acrecienta el desaguisado. En este punto, recordaría aquella recomendación que recibí de joven. Como era de esperar, el corporativismo judicial se ha movido de forma unívoca reaccionado sin fisuras al agravio.

    Pero en el elenco de peculiaridades de este lamentable asunto habría que añadir otra paradoja. Y será inevitable la recurrencia a ese colectivo injustamente denostado y –no se olvide– compuesto por hombres y mujeres jueces, el que trate de remediarlo. La confianza en los buenos gestores de la técnica judicial quizá se dirija a una unificación doctrinal para eludir los peligros derivados del acortamiento de penas. Tampoco debemos ignorar la vía de los recursos, y la segura conveniencia de subjetivación de los casos para la emisión de resoluciones. Debemos fiar en esto la solución a posibles riesgos inmanentes, como podría ser un aumento de la peligrosidad social al ver en la calle a delincuentes confesos a los que les ha caído la lotería.

    Sería un triste final para una ley razonable y seguramente necesaria que viese acortada su aplicabilidad por algo técnicamente criticable. Pero la honradez personal me obliga a concluir con escepticismo sobre la subsanación en un grado aceptable del boquete abierto.

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