Primer Plano
Sánchez espera que no haya que prorrogarlo más allá del 9 de mayo, y Calvo dice que no hay que modificar la legislación // Comunidades como Galicia dudan de las garantías jurídicas // Los expertos señalan que se podrán seguir imponiendo restricciones, pero tendrán que estar mejor fundamentadas TEXTO Íñigo Caínzos

Y tras el estado de alarma, ¿qué?

  • 08 abr 2021 / 01:00
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Queda un mes para el 9 de mayo. Es la fecha en la que está fijado el final del estado de alarma de 6 meses aprobado en noviembre de 2020. Con el fin cada vez más próximo, comienzan las preguntas: ¿se prorrogará? ¿Qué mecanismos legales hay para mantener ciertas restricciones una vez que concluya?

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declaró que la intención del Ejecutivo es no tener que ampliarlo, aunque tampoco descartó este extremo, en caso de que la evolución de la pandemia lo hiciese necesario. “El objetivo del Gobierno es que, una vez vencido el 9 de mayo, no sea necesario prorrogar más el estado de alarma. Continuar con la cogobernanza, y que el Consejo Interterritorial siga respondiendo a los rebrotes que haya en el país y al proceso de vacunación. Lo que queremos es que el 9 de mayo sea el punto y final al estado de alarma. Ese es nuestro objetivo y para eso trabajamos”.

La avalancha de reacciones no se hizo esperar. Y quienes criticaban que empezase el estado de alarma, criticaron también que se acabe. Una cosa y la contraria. El presidente del Partido Popular, Pablo Casado, denunciaba hace escasos días que Pedro Sánchez gobernase de “forma autoritaria” al mantener el estado de alarma. Los conservadores insisten en que tienen “la mano tendida” a Sánchez, al que acusan de “mirar hacia otro lado” y de dejar sin “seguridad jurídica” a las autonomías. Además, ironizan con el momento en que se toma esta decisión. “Ha sido convocar elecciones y obrar el milagro”, declaró la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

En las comunidades hay dudas de cómo se va a afrontar jurídicamente la toma de ciertas decisiones cuando se acabe este marco. En Galicia, el presidente, Alberto Núñez Feijóo lleva tiempo advirtiendo de que “no hay legislación estatal para gestionar la pandemia”. El argumentó con el que justifica la reforma de la Lei de Saúde.

El consejero de Sanidad de Castilla-La Mancha, Jesús Fernández Sanz, afirmó que tienen “ciertas dudas” sobre cómo actuar “en aquellas situaciones donde se tienen que tomar decisiones que tienen que ver con los derechos fundamentales”.

La vicepresidenta primera, Carmen Calvo, avisó de que no habrá modificación en ninguna legislación. Entiende que “no hay nada que añadir para afrontar el 10 de mayo”. Calvo comentó que cuentan con “instrumentos ordinarios” para resolver cada situación y con el visto bueno del Tribunal Supremo.

INSTRUMENTOS. Para la catedrática en Derecho Administrativo, Alba Nogueira, que el estado de alarma llegue a su fin “non supón nada no sentido de que as restriccións se poderían aplicar coa normativa sanitaria excepcional do 86”. Nogueira no tiene duda de su validez, y recuerda que antes del primer estado de alarma, en la semana del 8 al 14 de marzo del pasado año, ya se tomaron decisiones de cierre de clases, cuarentenas o el confinamiento del hotel en Tenerife cuando se detectó un positivo.

Unas decisións que “tomaron gracias a esa lei, se poden tomar todas as medidas oportunas en caso de emerxencia e risco”. Lo que sí que es necesario, es que sean “proporcionadas” y estén “ben motivadas”.

Sostiene que las normas, “as que afectan a dereitos, necesitan ratificación, pero co estado de alarma non”. “É bo que haxa instrumentos excepcionais, pero necesitan control, que non permitan forzar de forma excesiva”, agregó. En este sentido, recordó que las restricciones “coartan dereitos fundamentais como o movemento, as reunións, a liberdade relixiosa...”. Por eso, cree que el estado de alarma no se debe prorrogar más, ya que “os instrumentos excepcionais deben ser utilizados de forma cautelosa”, y más en un caso en el que “se están rendendo poucas contas”. Nogueira advierte de que “levamos un ano moi longo con interpretacións moi forzadas do sistema de normas”.

La catedrática tiene claro que está “xustificado” que siga habiendo restricciones mientras que no hay una vacunación generalizada de la población. “Lesionas dereitos pero hai beneficios como a saúde”. Para hacerlo, hay mecanismos fuera del estado de alarma, y pone ejemplos de decisiones que se tomaron en Galicia. Por un lado, el confinamiento de A Mariña y, por otro, la suspensión de las elecciones. “Máis excepcionalidade que esa, sen ningún instrumento habilitante, non hai”. En Galicia, recordó Nogueira, “se activara o plan de emerxencias e se adoptaron medidas antes do estado de alarma”. “É evidente que non vai haber problema”, aunque entiende que las quejas de Feijóo sobre la falta de seguridad jurídica “forman parte do xogo político, de estar metendo sempre o dedo no ollo”.

Sobre las controversias que ha habido entre los tribunales superiores de justicia de las diferentes comunidades, señala que “houbo unha inadecuada interpretación por parte dos xuices” sobre lo que permite o no la ley. En Galicia, sin embargo, “o TSXG sempre aceptou as decisións e non estimou medidas cautelares. Ponderaron e primou a saúde”.

MODIFICAR LA LEY. El profesor de Derecho Constitucional José Julio Fernández, manifestó que “el fin del estado de alarma debe suponer el fin de las medidas específicas que están recogidas en el decreto”. Se refiere al toque de queda o a los confinamientos de grandes grupos de población. Una vez que concluya, regirá una legislación sanitaria que “no prevé restricciones generalizadas”. Para poder aplicarlas, “habría que aprobar una nueva normativa que lo contemplase”.

En este escenario, la toma de decisiones “va a depender de la interpretación”. “Las decisiones tendrán que ser con autorización judicial, no como ahora, que se adoptan sin mediaciones”, agregó, y advirtió de que “va a ser mucho más difícil tomarlas o justificarlas”.

Prevé que aumenten las “discrepancias”, y se mostró partidario de “reformar la ley sanitaria para dar mayor seguridad”. El profesor recordó que el estado de alarma de noviembre se planteó “porque los tribunales de las comunidades no se ponían de acuerdo”.

Fernández apunta a la posibilidad de que haya “estados de alarma parciales”, como sucedió en octubre en varios municipios de Madrid, que permitan la toma de decisiones excepcionales. En todo caso, añadió que “es muy negativo que la lógica de las restricciones del estado de alarma se extienda fuera del mismo, porque eso sería un deterioro de la calidad democrática”.

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