Santiago
+15° C
Actualizado
sábado, 10 febrero 2024
18:07
h

Los delitos de sedición

    El Gobierno quiere reformar el Código Penal para revisar la tipificación de los delitos de rebelión y sedición. Se justifica esta modificación en un intento de equiparar nuestra legislación a la de los demás países europeos. Sin embargo, pese a las diferencias formales y las peculiaridades de cada armazón legislativo, los delitos y penas contemplados en nuestro Código Penal en materia de sedición o rebelión son similares a los de otros países europeos de nuestro entorno.

    La inmensa mayoría de códigos penales de las principales naciones europeas castigan, aunque el término con el que se identifique al delito pueda variar, conductas como las que llevaron a los líderes del procés a ser condenados a entre nueve y trece años de prisión por los magistrados del Tribunal Supremo.

    En España, las penas por sedición están reguladas en virtud del artículo 545 del Código Penal, que especifica lo siguiente: “Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad”.

    Además, la norma estipula que se impondrá a los condenados la “inhabilitación absoluta por el mismo tiempo” de condena. La rebelión, por su parte y entre todos los supuestos, lleva aparejadas penas que comprenden entre cinco y 25 años de prisión y también contempla la inhabilitación.

    Al comparar el fondo de estos delitos, en algunos países de la Unión Europea las penas por comportamientos similares al delito de sedición español –entre ocho y quince años– son incluso mayores. En Alemania, por ejemplo, se contempla la cadena perpetua para intentos violentos de alterar el orden constitucional. En Italia, por su parte, los atentados contra la unidad del Estado están penados con condenas de prisión superiores a doce años. Y en Francia, los condenados por sedición también reciben severas penas de privación de libertad que pueden llegar hasta los quince años.

    Si finalmente el Gobierno lleva a cabo esta reforma penal y las condenas por rebelión o sedición terminan reduciéndose, cabe esperar que ocurra lo mismo con las penas de inhabilitación. Este hecho facilitaría la reactivación de las carreras políticas de todos los líderes del procés condenados y que cumplen actualmente pena de prisión.

    18 nov 2020 / 00:00
    • Ver comentarios
    Noticia marcada para leer más tarde en Tu Correo Gallego
    Tema marcado como favorito