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Sentencia con sentidiño

    ANTES de esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se había empezado a instalar la idea de que las administraciones están bajo sospecha cuando toman decisiones relacionadas con la pandemia. En consecuencia, incluso medidas tan triviales como la prohibición de fumar en espacios públicos o abrir lugares de ocio más allá de un determinado horario, debían de ser examinadas por la autoridad judicial con el mismo celo que si se tratara de derechos fundamentales bielorrusos pisoteados por Lukashenko. O eso o decretar estados de alarma ad hoc que fueran como un inmenso cajón de sastre legal donde cabrían todo tipo de disposiciones.

    Esta mentalidad preventiva ante la Administración encuentra también su eco en los movimientos negacionistas que proliferan por todo el mundo. Aunque son muy variados, una argumentación central que se repite es que el poder aprovecha el covid-19 para recortar libertades básicas, incluyendo la de rechazar el uso de la mascarilla.

    Todo formaría parte de un arduo complot destinado a someter la voluntad de los ciudadanos. Miguel Bosé y otros activistas más o menos famosos aseguran que la pandemia no sería otra cosa que la excusa perfecta para ampliar la discrecionalidad de los poderes públicos, por lo cual ir desenmascarado o formar grupos apretujados se habrían convertido en gestos revolucionarios.

    Sin embargo, ni los negacionistas antimascarilla guardan relación con los manifestantes de Bielorrusia, ni la autoridad competente de aquí tiene nada que ver con el autócrata de ese país. Los magistrados madrileños restablecen el sentido común. Además de que la Administración no tiene la condición de sospechoso habitual, de amenaza latente contra las libertades, una situación de emergencia requiere respuestas rápidas de acuerdo con la evolución de los riesgos.

    En ocasiones, como ocurre con el covid-19, no hay un protocolo previo al que se pueda acudir y es preciso improvisar, ensayar, corregir. Los expertos aportan criterios científicos, los políticos los convierten en decisiones y los jueces defienden la legalidad. Que cada uno esté en su sitio es fundamental para que el contraataque tenga éxito y el virus sea derrotado.

    Se trata de una división de poderes que deja de existir si cada medida administrativa relacionada con la pandemia, incluyendo la prohibición de fumar, ha de ser sometida al criterio de un juez o debe esperar a la declaración del estado de alarma. La tesis de que sin estado de alarma las administraciones tienen las manos atadas, queda rebatida con la sentencia del TSJM. Por fortuna. Las tramitaciones de estados de alarma autonómicos, en ocasiones para amparar decisiones de poco calibre, podrían haber colapsado la institución parlamentaria y establecido listas de espera de comunidades autónomas, incompatibles con la agilidad que exige la lucha contra la pandemia.

    Sin contar con que, al ser del Gobierno central y su mayoría parlamentaria la última palabra, las autonomías tendrían siempre sobre sí una espada de Damocles con la que se podría negar la concesión del estado de alarma, retrasarlo o modificarlo unilateralmente. El Tribunal proclama que esto no es Bielorrusia. Acierta.

    01 sep 2020 / 01:00
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