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Dos nuevos varapalos de los tribunales al Gobierno

La Audiencia Nacional obliga a informar de los viajes de Sánchez en medios oficiales// Rechazado el archivo de la causa de Gali

Dos nuevas decisión judiciales volvieron a golpear al Gobierno de coalición, una referente a la negativa del Ejecutivo a dar a conocer los viajes privados en medios oficiales del presidente y la otra a cuenta de la investigación sobre la entrada del líder del Frente Polisario, Brahim Gali, en España.

Sobre el primer asunto, la Audiencia Nacional desestimó por segunda vez el recurso de la Abogacía del Estado contra la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que obligó al Ejecutivo a informar sobre los viajes privados realizados en medios oficiales por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Primero lo hizo el Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 2 de la Audiencia y ahora lo hizo la sección séptima de la sala de lo contencioso administrativo en una sentencia en la que, además, impone las costas procesales a la Abogacía del Estado.

El objeto del litigio se centra en una reclamación efectuada por la periodista Alicia Martín a través del Consejo de Transparencia, en la que solicitaba información sobre los viajes efectuados por Sánchez entre el 1 de enero y el 20 de mayo de 2019.

La Audiencia Nacional, en una sentencia a la que tuvo acceso Efe, considera que la petición “cumple sobradamente las exigencias de prudencia” y que fue “correcta”, de modo que “debe ser facilitada por no ser excesiva”.

La Abogacía recurrió primero el dictamen del Consejo de Transparencia ante el juzgado central de lo contencioso y, tras recibir una respuesta negativa, acudió a la Sala con los mismos argumentos: la falta de registros sobre los medios de transporte utilizados por el presidente del Gobierno en cada desplazamiento y razones de seguridad.

Señalaba la Abogacía que no sólo se pedía información sobre los viajes aéreos de Sánchez, sino sobre “todos los medios de transporte oficiales”, algo que requería “una relevante labor de tratamiento jurídico de tales datos” porque el Ministerio de Presidencia no dispone de un archivo con esa información.

En su sentencia del 6 de septiembre, la Sala da en parte la razón a la Abogacía en cuanto a que el dictamen obligaba a facilitar, no sólo información sobre los medios de transporte aéreos empleados por Sánchez, sino de cualquiera utilizado. Una cuestión a la que, sin embargo, da “una trascendencia menor”.

Por otro lado, el juez que investiga la entrada del líder del Frente Polisario Brahim Gali en España rechazó archivar el caso, como solicitaba la Abogacía del Estado, y cuestiona los principales argumentos que esgrime, entre ellos que se cumplió el Código Schengen para el control de fronteras europ cuseas.

El juez Rafael Lasala, titular del juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza, decidió en un auto, al que tuvo acceso Efe, mantener abierta la causa por la entrada de Gali en España el pasado mes de abril, un procedimiento en el que figura como investigada la exministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya por presuntos delitos de prevaricación, falsedad documental y encubrimiento.

El juez ve que no hay razones para archivar la causa y cree que la interpretación que hace la Abogacía del Estado sobre el cumplimiento del código Schengen para el cruce de fronteras en condiciones excepcionales “es muy parcial”.

Y sostiene que se cometió “una vulneración frontal” de lo que establece ese reglamento “al haber pretendido su inaplicación” por parte de las autoridades implicadas.

Lasala advierte que el Código Schengen exime de la entrada por las fronteras de personas o grupos en el supuesto de existencia de una “necesidad especial”.

11 oct 2021 / 18:50
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