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Fernández Díaz y su equipo, procesados por el caso Kitchen

Cospedal y su marido quedan fuera// El juez no da credibilidad a la reunión de Villarejo y Rajoy

El juez del caso Kitchen, el supuesto espionaje parapolicial al extesorero del PP Luis Bárcenas, puso fin a las pesquisas y propuso juzgar al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y a la cúpula del ministerio, mientras que deja fuera del caso a la ex secretaria general del partido María Dolores de Cospedal.

El titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, cree que la operación se ideó “en el marco institucional del Ministerio del Interior”, siguiendo “órdenes” de Fernández Díaz, bajo “el control” de su número 2, el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, quien contó “con la ayuda” del director adjunto operativo de la Policía, Eugenio Pino.

Pero descarta que hubiera una trama política más allá del Ministerio y que Cospedal ejerciera el “liderazgo ideológico”, al no haber más que sospechas sobre el contenido de sus reuniones con el comisario José Manuel Villarejo.

También sacó de esta causa a su marido, Ignacio López del Hierro, y el que fuera su jefe de gabinete José Luis Ortiz, después de que hace unos meses el juez les imputara ante las sospechas de que estuviesen involucrados en la captación del exchófer de Bárcenas, Sergio Ríos, como confidente policial para esta operación, que perseguía conseguir material relacionado con la investigación judicial del caso Gürtel.

El magistrado decidió decretar el archivo para ellos al resultarle “llamativa la debilidad de las razones que justifican su incriminación”, a diferencia de los responsables ejecutivos del Ministerio del Interior, respecto de los que asegura que existe “una sólida base indiciaria”.

Respecto a los procesados, cree que los hechos podrían ser constitutivos de los delitos descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencias y malversación, informa Efe.

El juez deja así a las puertas del banquillo a Fernández Díaz, a Francisco Martínez; a Eugenio Pino; a ex altos cargos policiales como José Luis Olivera o Marcelino Martín Blas; a Andrés Gómez Gordo, que fue asesor de Cospedal; al excomisario José Manuel Villarejo, y a Sergio Ríos, entre otros.

Un invento. Cierra de este modo la investigación sin llegar a citar al expresidente del Gobierno Mariano Rajoy, con quien Villarejo aseguró haberse intercambiado mensajes para tratar los avances de la operación Kitchen, afirmación a la que el juez no parece haberle dado credibilidad.

Según relata el juez, los investigados en la presente pieza separada, “puestos de común acuerdo y con conocimiento de la ilicitud de los hechos” en una fecha que no se ha podido determinar, entre 2012 y 2013, pusieron en marcha el operativo.

Con ese fin, Fernández Díaz,“con abuso de sus funciones y conocimiento de su ilicitud”, instó a Martínez para que pusiera en marcha una misión encaminada a la obtención de información y documentación que pudiera estar en poder del extesorero del PP.

El objetivo era sustraer dicho material de la autoridad judicial en la investigación que se llevaba a cabo en el marco de la pieza denominada “Papeles de Bárcenas”, surgida a raíz del caso Gürtel.

No obstante, sin perjuicio de las directrices dadas por el ministro y las motivaciones que pudiera tener este, la finalidad que guiaba tanto a Villarejo como a García Castaño, sería la de apoderarse de la documentación, “sin entregárselo a sus superiores, para poder obtener algún tipo de beneficio personal; extorsionando o presionando con la misma a cargos públicos o responsables del Ministerio del Interior, o bien simplemente con la finalidad de preservar sus respectivos cargos en la cúpula policial y la impunidad en las actividades ilícitas que, presuntamente, venían desarrollando de forma paralela”.

Fue Francisco Martínez quien, según el juez, asumió la coordinación de la operación, que se encomendó, en cuanto a su planificación y desarrollo al Director Adjunto Operativo (DAO), Eugenio Pino.

Pino, a su vez, dice encargó esta operación a José Manuel Villarejo Pérez, quien, para su ejecución, se sirvió en un primer momento de Marcelino Martín Blas, que estaba al frente de la Unidad de Asuntos Internos (UAI) del Cuerpo Nacional de Policía, y posteriormente de Enrique García Castaño, al frente de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO), que asumió personalmente el compromiso de llevar a buen puerto la misión, sirviéndose de la Unidad Especial de Seguimientos adscrita a dicha Unidad

La operación consistió en captar a un colaborador, cercano a la familia Bárcenas, capaz de facilitar la información y el acceso a la documentación que se estaba buscando.

La persona elegida fue Sergio Ríos (también llamado cocinero, Kitchen, o K2, de ahí el nombre de la operación), quien desde principios de febrero de 2013 era el chófer del matrimonio Bárcenas.

Pino habría encomendado tanto a los dos comisarios el desarrollo de labores operativas para ganarse la confianza y lograr la colaboración activa de Ríos a cambio de 2.000 euros mensuales, más gastos, procedentes de los fondos reservados, y el posterior ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía.

Para acceder al chófer, García Castaño y Villarejo se valieron del policía Andrés Gómez Gordo y finalmente se hicieron con documentación que guardaba la mujer de Bárcenas, Rosalía Iglesias, y que se encontraría en poder de García Castaño, “al que Villarejo habría reclamado insistentemente una copia, con el conocimiento de su superior Eugenio Pino”.

Para obtener esta información los investigados accedieron a un local comercial utilizado por Iglesias, en cuyo interior, al parecer, se ubicaría un armario con un doble fondo del que se habría sustraído dicha documentación.

El juez lamenta que las disfunciones e irregularidades en la gestión y en control de los fondos reservados permitieron su utilización ilícita, propiciando tanto la financiación de una operación policial intrínsecamente ilegal, como el enriquecimiento personal de altos mandos policiales.

Señala que desde la provisionalidad de esta fase procesal pudo ser Francisco Martínez quien presuntamente autorizó el pago de los fondos reservados a Sergio Ríos.

Una vez terminada la operación, el magistrado relata que en pago por los servicios prestados y con la finalidad de asegurar su silencio desde la Secretaría de Estado se maniobró para que Ríos entrase en el Cuerpo Nacional de Policía.

caso villarejo
Libres Brufau y fainé

··· El juez García Castellón archivó provisionalmente la investigación al presidente de Repsol, Antonio Brufau, al que fuera su homólogo en Caixa-Bank, Isidro Fainé, y a las dos cotizadas como personas jurídicas, por la contratación del excomisario Villarejo.

El magistrado descarta así que Brufau y Fainé participaran en el encargo a Cenyt, empresa vinculada al policía, para investigar el intento de toma de control sobre la petrolera por las firmas Sacyr y Pemex.

Tras escuchar las versiones de los implicados, el titular del juzgado central de Instrucción número 6 entiende que hubo delito previo, pero que las pesquisas practicadas hasta la fecha confirman la ausencia de pruebas que impliquen a Fainé y Brufau como posibles “autores, cómplices o encubridores” en estos hechos.

··· El juez da así por válidos los alegatos de las defensas y asegura que, de toda la documentación aportada por ambas compañías, “no se desprende que éstos tengan una obligación de supervisión y vigilancia”.

De hecho, es más bien “al contrario”, ya que se trata de aspectos delegados “en los órganos competentes para ello”.

El magistrado recuerda que la contratación de Cenyt “no recaía en el ámbito de control” de los presidentes de las compañías, “sino en el de sus directores de seguridad”, Miguel Ángel Fernández Rancaño (CaixaBank) y Rafael Araujo (Repsol), que continúan investigados.

Por tanto, “sin indicios” de que Fainé y Brufau “interviniesen de manera directa en los hechos, no es posible transferir a los presidentes una obligación de supervisión y vigilancia corporativa que está delegada en los órganos competentes para ello”.

En este sentido, el juez cree que “no se debe perder de vista la situación a la que se somete a una empresa cuando no solo se le imputa responsabilidad a la persona jurídica, sino también a la figura de su presidente, máximo representante de la compañía interna y externamente”.

El sobreseimiento, apunta, “redunda en que los procesos penales no deben sufrir dilaciones indebidas” y “deben evitar los daños reputacionales de naturaleza empresarial que implicaría” mantener una línea de investigación insustancial.

De ahí que no sea una decisión “prematura, ya que no quedan diligencias necesarias o útiles que practicar” sobre la participación de Brufau y Fainé.

··· Por lo que respecta al sobreseimiento de la investigación contra Repsol y CaixaBank como personas jurídicas, el juez entiende que “no puede exigirse responsabilidad a la persona jurídica por la mera comisión por alguno de sus directivos o empleados de alguno de los delitos previstos en el Código Penal”.

No existen en el presente caso, añade el magistrado, “razones que justifiquen seguir adelante en la causa con alguna persona, ya sea esta física o jurídica”.

García Castellón avala los argumentos de las defensas, que en el caso de CaixaBank alegó que no concurrían los elementos del tipo de descubrimiento y revelación de secretos ni del tipo de cohecho, en cualquiera de sus modalidades, y defendió que en todo momento “comprobó, con la debida diligencia, a quién iba a contratar, en cumplimiento de todos los controles sobre conocimiento y legalidad del proveedor de servicios Cenyt”.

En cuanto a Repsol, tenía implantado “todo un sistema de cumplimiento normativo o ‘compliance’, no solo limitado a la prevención de delitos, sino dirigido a fomentar una verdadera cultura empresarial del cumplimiento normativo en general, y todo ello con carácter previo a los hechos”.

Los representantes legales de CaixaBank y Repsol han comparecido precisamente esta semana en la Audiencia Nacional, donde han respaldado sus programas de cumplimiento normativo y prevención de delitos, y han insistido en que no hubo ninguna irregularidad en la contratación de Cenyt.

No obstante, la decisión no es firme, y las partes, incluida la Fiscalía Anticorrupción, podrían recurrir el sobreseimiento.

29 jul 2021 / 18:18
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