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Rebajan en 6 meses la pena al padre recién condenado por abusos a su hija menor

LEY DEL SOLO SÍ ES SÍ La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, en aplicación de la nueva ley del sólo sí es sí, ha rebajado de 11 a 10 años y medio de cárcel la pena impuesta a un condenado por abusar sexualmente, de forma continuada, de su hija menor de edad. El tribunal explica en el auto facilitado este miércoles por el TSXG que en la actualidad el marco punitivo de la conducta del condenado es “ligeramente más beneficioso”, por lo que acordó que procede la revisión de la pena impuesta.

En otro auto, la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña rechazó revisar la condena de cinco años y medio de prisión impuesta a un padre por abusar de su hija menor de edad. En este caso, según indican los magistrados, “la nueva regulación no resulta más favorable, sino, al contrario, la conducta estaría más gravemente sancionada porque la pena prevista oscilaría entre los 7 y los 15 años”, con arreglo al artículo 180.1 del la nueva ley. En este sentido, subrayan que concurre la circunstancia 5ª, es decir, que para la ejecución del delito “la persona responsable se hubiera prevalido de una situación de convivencia o parentesco, por ser ascendiente, o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, o de una relación de superioridad con la víctima”. Además, la Audiencia destaca que en el caso enjuiciado se trata de un delito continuado.

26 ene 2023 / 06:00
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