Buenas noticias para algunos pensionistas: el INSS deberá indemnizarles con 1.800 euros

Dos jubilados revisan sus facturas económicas

Dos jubilados revisan sus facturas económicas / Archivo

R. S.

El Tribunal Supremo ha dado un paso significativo al reconocer el derecho de un hombre a recibir una indemnización de 1.800 euros del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por la negación del complemento de maternidad por aportación demográfica.

Esta sentencia, emitida el 14 de septiembre de 2023, unifica doctrina y abre la puerta para que otros hombres que hayan experimentado la misma situación puedan reclamar una compensación por los daños causados.

El complemento, anteriormente denominado discriminatorio por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2019, se modificó en 2021 y pasó a llamarse complemento de reducción de brecha de género.

¿Cuál es el objetivo de esta indemnización?

La indemnización de 1.800 euros tiene como objetivo compensar los perjuicios sufridos por aquellos hombres a los que se les denegó el complemento de maternidad, considerando la denegación como discriminatoria por razón de sexo.

La resolución del TJUE en 2019 allanó el camino para que los hombres afectados recurrieran a los tribunales para reclamar este suplemento y, ahora, la indemnización. Se establece como requisito para recibir la compensación que los hombres hayan recurrido a la jurisdicción social después de la sentencia del TJUE.

La sentencia unifica doctrina a raíz del caso de un hombre en León, cuyo complemento fue denegado por el INSS. Al recurrir a los tribunales, buscó tanto el reconocimiento del plus como una indemnización de 600 euros por la negativa a incluirlo en su pensión.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo establece que la indemnización de 1.800 euros es aplicable a hombres a los que se les haya denegado el complemento y hayan recurrido judicialmente después de la sentencia del TJUE.