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Pajitas, bastoncillos y platos de plástico prohibidos en toda la UE

Esta norma entra en vigor sin haberse aún aprobado en España la ley de residuos y suelos

Madrid. La venta de platos, cubiertos, pajitas, bastoncillos y envases de polietireno para alimentos quedarán prohibidos en el conjunto de la Unión Europea este sábado, 3 de julio. En el caso de España, el Gobierno aseguró que la prohibición también será “efectiva” desde esta fecha, a pesar de que la directiva europea que lo regula no está aún transpuesta al ordenamiento jurídico nacional.

En una reciente nota informativa de la Subdirección General de Economía Circular de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) confirma que “las restricciones a la entrada en el mercado y las obligaciones de marcado entrarán en vigor a partir del 3 de julio de 2021”.

La Comisión Europea busca la retirada del mercado de los productos de plástico de usar y tirar para los que ya existen alternativas y, para ello, aprobó hace ya dos años una Directiva al respecto, que daba de plazo a los Estados miembro hasta este próximo sábado.

En concreto, la Directiva de 5 de junio de 2019 sobre la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, establece que desde el 3 de julio de 2021 queda prohibida la venta de cualquier producto fabricado con plástico oxodegradable, con microesferas de menos de 5 milímetros, bastoncillos de algodón, cubiertos de plástico, platos, pajitas, palitos agitadores de bebidas, el palo de los globos, los recipientes de poliestireno expandido y los vasos de ese mismo material.

Adicionalmente, ese mismo día entran en vigor en el conjunto de la UE una serie de obligaciones de marcado para compresas, tampones higiénicos y aplicadores de tampones; toallitas húmedas; productos del tabaco con filtros y vasos de bebida.

La Directiva establece obligaciones claras en cuanto a la prohibición de determinados artículos a partir de este 3 de julio y las empresas, en muchos casos, ya se están adaptando a esta circunstan-
cia, pues comercializan sus productos en toda la UE.

Lo que prohíbe la norma es la introducción en el canal de distribución, pero el comerciante que ya lo ha adquirido lo puede vender por lo que desde el Ministerio se está haciendo un análisis jurídico para determinar las posibilidades de su aplicación directa.

LEY EN TRÁMITE. El plazo para entrar en vigor se cumple este sábado sin que España haya aprobado el proyecto de ley de residuos y suelos contaminados que incluye esta transposición. La iniciativa legislativa fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 18 de mayo y acaba de iniciar recientemente su tramitación parlamentaria.

Así, no estará aprobada, “como pronto”, hasta Navidad, pero muy previsiblemente hasta la primavera de 2022, según explicó a Europa Press la semana pasada el presidente de la Comisión para la Transición Ecológica del Congreso y diputado de Unidas Podemos Juan López de Uralde. En cualquier caso, desde el MITECO precisan que las competencias de gestión son autonómicas, tanto en materia de residuos como de comercio o consumo. EFE

03 jul 2021 / 01:00
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