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Veto a la publicidad de dulces y bebidas calóricas para niños

La prohibición, en vigor desde 2022, afecta a los alimentos considerados nocivos por la OMS

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, anunció ayer la prohibición de la publicidad dirigida al publico infantil de dulces, galletas, helados, bebidas calóricas y resto de productos alimenticios ricos en sales, azúcares y grasas considerados nocivos para la salud por la Organización Mundial de la Salud.

Garzón explicó que la regulación estatal de esta publicidad de los alimentos dirigida a menores de 16 años en televisión, radio, redes sociales, webs, aplicaciones móviles o cine se hará por real decreto y se empezará a aplicar el año próximo, en 2022.

En televisión, la nueva normativa afectará a los horarios de protección reforzada y a los espacios publicitarios de programas dirigidos al público infantil y a los canales de televisión dirigiros a menores de 16 años.

Además, de esta publicidad en la televisión lineal como no lineal (plataformas), el real decreto también regulará los contenidos radiofónicos, salas de cine y publicidad en internet, redes sociales, webs o aplicaciones móviles cuando estén dirigidos a menores de 16 años e incluirá limitaciones en los medios impresos.

En la línea de las regulaciones de esta publicidad que hicieron Reino Unido, Portugal y Noruega, el ministro explicó que la normativa española impedirá hacer publicidad a menores de las cinco categorías de productos que la OMS considera nocivos.

Son las de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres; la de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y el resto de productos de bollería, y las de zumos, bebidas energéticas y los helados.

Límites por cada 100 gramos. Para el resto de categorías de productos se establece un límite de contenido de nutrientes por cada 100 gramos y se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido o bien los niveles de sal se mantengan por debajo de aquellos que se establece para cada producto.

El ministro Alberto Garzón explicó la decisión de hacer una regulación directa de la publicidad de alimentos y bebidas dirigidas al público infantil en la “ineficacia” para reducir la obesidad y el sobrepeso infantil por medio del Código de autorregulación PAOS establecido por la propia industria, que se aplica desde 2005 en España.

“El sobrepeso y la obesidad tienen unos niveles extraordinariamente altos y es un deber público rebajarlos”, subrayó Garzón, que destacó entre “las cifras alarmantes” del informe Aladino que el 23 % de los niños españoles de entre 6 y 9 años tienen sobrepeso y el 17 % sufren obesidad.

El ministro Garzón puso énfasis en la voluntad de proteger a los niños y adolescentes, “las personas mas vulnerables, de unos hábitos de consumo que perjudican notablemente a la salud a corto y medio plazo y en la edad adulta”, informa Efe.

Por su parte, la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, que acompañó al ministro durante el anuncio, avanzó dos iniciativas del Ayuntamiento de Barcelona alineadas con el anuncio que hizo el Ministerio de Consumo que se aprobarán en semanas.

Una es una instrucción que limitará la presencia de la publicidad de alimentos y bebidas de baja calidad nutricional en los soportes publicitarios que gestiona el consistorio, como marquesinas, banderolas o lonas presentes en el espacio público.

La otra es la de reforzar la aplicación de criterios de sostenibilidad en la compra pública de los alimentos presentes en equipamientos y servicios municipales, como pueden ser las máquinas expendedoras, entre otros.

28 oct 2021 / 16:23
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