Conozca sus opciones de votación: voto anticipado, voto por correo y voto en persona

Este domingo 18F se celebran elecciones en Galicia

Guía para no perder detalle de la jornada electoral

Conoce las opciones de votación: voto anticipado por correo y voto en persona

Conoce las opciones de votación: voto anticipado por correo y voto en persona / Antonio Hernández

Redacción

El ejercicio del sufragio, conforme a lo establecido en la Constitución española, garantiza que el derecho de voto sea universal, gratuito, igualitario, directo y confidencial. No se puede forzar ni presionar a nadie para que emita su voto ni para que revele su elección. Las personas con derecho a voto este 18F son los ciudadanos gallegos que hayan alcanzado la mayoría de edad y estén inscritos en el Registro Electoral.

Según las disposiciones reglamentarias, todas las personas tienen el derecho y la libertad de ejercer su derecho al voto de manera voluntaria, con el apoyo necesario si así lo requieren. Por tanto, es importante conocer las distintas modalidades de votación disponibles para poder seleccionar la que mejor se adapte a las necesidades individuales.

Voto anticipado por correo

Los electores que prevean que en la fecha de la votación no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o que no puedan personarse ante la mesa electoral, pueden emitir su voto por correo si lo han solicitado previamente. Una vez solicitada esta opción no es posible votar personalmente en la mesa. En esta modalidad de voto el ciudadano podrá solicitar a Correos el derecho de sufragio. Solo tendrá que acceder a través de la página web y enviar la documentación correspondiente dentro de los plazos establecidos para cada votación.

El voto por correspondencia se solicita en cualquier oficina del Servicio de Correos desde la convocatoria y hasta el décimo día anterior a la votación. El elector debe personarse en la oficina con su DNI original o acreditarse para solicitarlo en la página web de Correos.

El elector recibirá por correo certificado, en el domicilio que prefiera, las papeletas y sobres electorales, junto con el certificado de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, y un sobre con la dirección de la Mesa Electoral donde le corresponde votar. Recibirá además una hoja explicativa de este procedimiento.

Una vez realizada la votación, el ciudadano tendrá que entregar su voto junto al documento que aprueba esta gestión. El sobre o sobres de votación cerrados y el certificado se introducirán en el sobre dirigido a la Mesa Electoral. Este sobre debe ser remitido por correo certificado antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones.

Para aquellos votantes que estén temporalmente en el extranjero deberán llevar a cabo el mismo proceso además de varios certificados que acrediten que están de forma temporal en el extranjero y que también podrán solicitar a través de la web.

Voto en persona

En caso de elegir la vía tradicional de voto, el ciudadano deberá recibir la carta censal días antes de las elecciones. El día de la votación, tendrá que preparar su documentación (DNI, pasaporte o carnet de conducir) y acercarse al local electoral que le corresponda. Si desconoce cuál es, podrá buscarlo en el Instituto Nacional de Estadística (INE) donde vienen todos los registros.

Una vez allí, tan solo deberá escoger la papeleta del partido al que quiera dedicar su voto y meterlo en el sobre.