Sobreseimiento

La Audiencia de Madrid confirma el archivo de la denuncia de López Madrid contra Elisa Pinto por acoso

El exconsejero de OHL, que tiene pendientes dos juicios, había recurrido la decisión de un juez de sobreseer su denuncia contra la doctora

El empresario Javier López Madrid, en una imagen de archivo.

El empresario Javier López Madrid, en una imagen de archivo. / EP

EFE

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la decisión de un juzgado de archivar la causa que investiga a la doctora Elisa Pinto por, presuntamente, acosar y amenazar a Javier López Madrid, por lo que rechaza el recurso del empresario, que tiene pendientes dos juicios en los que se enfrenta a 6 y 22 años de prisión.

Las actuaciones arrancaron en 2014 con una denuncia del empresario por acoso y amenazas contra la dermatóloga; el juez la archivó, López Madrid recurrió esta decisión y ahora la Audiencia Provincial confirma el sobreseimiento en un auto al que ha tenido acceso EFE.

El empresario tiene que encarar en los próximos meses dos juicios vinculados por el caso Pinto. El Juzgado de Instrucción número 39 de Madrid abrió juicio contra él y el excomisario José Manuel Villarejo por amenazar y hostigar a la doctora para lograr que retirara una denuncia por acoso, hechos por los que ella pide 22 años de prisión.

Por su parte, la Audiencia Nacional tiene pendiente señalar fecha para sentar a ambos en el banquillo, esta vez por un delito de cohecho por el hostigamiento a la doctora con la que el exconsejero de OHL mantenía un conflicto privado, una causa en la que Elisa Pinto pide seis años de prisión para el empresario y Villarejo.

Así, solo le quedaba el procedimiento abierto en el Juzgado número 26 pero ahora la Audiencia de Madrid confirma la decisión de este órgano y señala que, como se recoge por la juez instructora y fiscal "acertadamente, los posicionamientos de los teléfonos móviles no acreditan que las llamadas se hicieran por Elisa Pinto, por cuanto solo puede acreditar" que se realizaron desde los lugares que decía la denuncia, "pero no la autoría de las mismas".

"Y a ello se une que las tarjetas prepago utilizadas para la remisión de varios mensajes entre el 26 de diciembre de 2013 al 4 de enero de 2014, desde un lugar próximo al domicilio de Elisa Pinto, se utilizaron cuando ella estaba en la República Dominicana de vacaciones con su familia, por lo que, lógicamente, ella no los pudo remitir", dice el auto.

La Audiencia tampoco ve posible que el hijo de Elisa Pinto, de 7 años, fuera quien escribiera cartas amenazantes y ve "fuera de toda lógica" que "utilizase a su hijo menor para confeccionar unas cartas impropias por su propio contenido para un niño de su edad, pudiendo haber acudido a otras personas para redactarlas e incluso a otros medios".

Para la Audiencia de Madrid es relevante también que cuando López Madrid fue requerido para la entrega de sus teléfonos en los que aparecían los mensajes amenazantes para proceder a su volcado, "se eliminasen contactos, se borrasen llamadas y no se encontrasen mensajes denunciados".

Razones todas ellas por las que la Audiencia ha desestimado el recurso "al no haberse acreditado indiciariamente la participación de Elisa Pinto en los hechos denunciados".