Tribunales

El PP pide al TC que aparte a la magistrada que fue asesora en Moncloa del recurso que busca el recuento del voto nulo

Lo motiva por su relación con Bolaños, si bien el órgano de garantías ha venido rechazando de plano otros recursos contra magistrados progresistas por considerar que buscan ralentizar sus respuestas

Imagen de archivo de los preparativos en un colegio electoral.

Imagen de archivo de los preparativos en un colegio electoral. / EFE

Cristina Gallardo / Paloma Esteban

El Partido Popular quiere apartar a la magistrada del Tribunal Constitucional Laura Díez, que colaboró en Moncloa como asesora junto al hoy ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, del debate sobre el recurso que busca la revisión de los 30.302 votos nulos registrados en Madrid. 

Se trata de un asunto nuclear dada la actual situación política. De accederse finalmente al recuento --lo desde algunos ámbitos se ve probable dada la mayoría progresista en la Sala Segunda del órgano de garantías donde ha recaído el asunto -- está en juego el escaño que los de Núñez Feijóo arrebataron al PSOE por la ciscunscripción de Madrid, y únicamente se precisaría la abstención de Junts para lograr la investidura.

Fuentes populares confirman a El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica, que la presentación de esta recusación, que motivan en la relación de la profesora de Derecho Constitucional con Bolaños porque trabajó con él y porque el ministro de Presidencia fue quien la promocionó al Tribunal dentro del cupo de designaciones que corresponde al Ejecutivo. Añaden que además ha sido Bolaños quien ha anunciado el recurso y lo ha defendido públicamente desde el PSOE.

Reunión extraordinaria

La presentación de esta recusación deberá resolverse antes de entrar a valorar el fondo de la cuestión. En el orden del día de la Sala fijado para el este lunes no aparece este asunto, admitido a trámite esta misma semana, si bien en fuentes del Tribunal Constitucional se señala a El Periódico de España que el recurso de amparo electoral debe tener convocatoria propia, que aún no se ha señalado. La Fiscalía tiene hasta el próximo lunes para presentar sus recusaciones, y no se descarta que esa misma tarde la Sala pueda llevar este asunto a discusión, a más tardar el martes.

Sobre la viabilidad de la recusación pesan los antecedentes, puesto que la actual composición ha venido rechazando de plano otras recusaciones de tono similar presentadas por el PP y Vox contra los magistrados designados por el Gobierno tras la última renovación en relación con los más variados asuntos. Desde la mayoría progresista se considera que es una ofensiva para combatir la rapidez con la que el Constitucional responde a las cuestiones pendientes.

La admisión del asunto a trámite ya ha sido motivo de polémica tras trascender que Díez la propuso basándose en un informe de un letrado de su confianza recientemente incorporado y tras hacer oídos sordos al análisis de otro asesor contrario a ver trascendencia constitucional en la petición de los socialistas. La propuesta salió adelante cuatro votos a favor y dos en contra, los de César Tolosa y Enrique Arnaldo, que anunció voto particular discrepante.

En su recurso, los socialistas denuncian que la proclamación como diputado electo de Carlos García Adanero habría "cercenado" la posibilidad de proclamar al socialista Javier Rodríguez Palacios, número 11 en las listas de Madrid. El partido aseguró también que se había vulnerado el derecho fundamental de acceso en condiciones de igualdad a los cargos públicos electivos, "al producirse una situación de hecho diferenciada entre representantes cuyo ámbito de elección es el local y aquellos cuyo ámbito de elección es provincial o mayor".

Los magistrados evaluarán los argumentos del PSOE, que alegó que la negativa del Supremo había vulnerado el derecho fundamental al sufragio pasivo al realizar una interpretación "restrictiva" de la ley electoral "respecto a la realización del escrutinio general y la posibilidad de la apertura de todos los votos nulos consignados".

El partido aseguró también que se había vulnerado el derecho fundamental de acceso en condiciones de igualdad a los cargos públicos electivos, "al producirse una situación de hecho diferenciada entre representantes cuyo ámbito de elección es el local y aquellos cuyo ámbito de elección es provincial o mayor".

En el marco de su recurso, el PSOE hizo referencia a la doctrina del propio Constitucional y recalcó que la sentencia del Supremo evita "conocer de la manera más exacta la verdadera voluntad de los electores manifestada en el proceso electoral".

En este sentido, el partido afeó que el Tribunal Supremo, cuya Sala de Vacaciones se opuso inicialmente al recuento, adoptara su decisión "en función únicamente del número de votos necesarios" y recordó que el Constitucional ya aceptó en 2015 que se revisara el voto nulo en Badajoz, donde los votos necesarios para alterar la composición del Parlamento era de "unos 900" respecto a 7.118 votos nulos, frente a los 1.200 necesarios en Madrid respecto a unos 30.000 votos nulos.