La no comparecencia del abogado fuerza la suspensión del juicio rápido a Baltar
El letrado había solicitado el aplazamiento por tener otro señalamiento, pero el juzgado de Puebla de Sanabria había desestimado la petición

El juzgado señalará una nueva fecha para el juicio rápido a Baltar / DIPUTACIÓN DE OURENSE
EFE
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla de Sanabria (Zamora) ha suspendido finalmente el juicio rápido contra el presidente de la Diputación de Orense, Manuel Baltar, por la supuesta autoría de un delito contra la seguridad vial cometido al conducir a 215 kilómetros por hora, ante la incomparecencia de su abogado.
Aunque el juzgado había desestimado la petición del letrado de la defensa para aplazar la vista oral al entender que podía acudir a ella al menos telemáticamente, finalmente no se ha podido celebrar el juicio, ni de manera presencial ni telemática, por incomparecencia de este abogado, según han informado fuentes del Juzgado de Primera Instrucción de Puebla de Sanabria (Zamora).
El abogado de Baltar, Juan Ramón Montero, había solicitado su aplazamiento por su imposibilidad de acudir a la vista oral al tener otro señalamiento anterior en otro lugar, pero el juzgado desestimó en principio la petición al entender que el juicio rápido podía celebrarse por medios telemáticos a lo largo de la mañana de este martes, aunque finalmente se ha suspendido.
El juicio, que se había fijado para las 9.30 horas y para el que se establecerá una nueva fecha de celebración, pretende determinar si el presidente de la Diputación de Ourense cometió un delito contra la seguridad vial al ser pillado el pasado 23 de abril en un control de velocidad a 215 kilómetros hora en un tramo de la A-52 de la comarca de Sanabria en el que la velocidad máxima permitida era la genérica de esa vía, 120 kilómetros hora.
Al superar en más de 80 kilómetros hora la velocidad máxima permitida, una vez establecido el margen de error del cinemómetro, el exceso de velocidad fue considerado delito contra la seguridad vial y las diligencias remitidas al juzgado.
En el momento en el que pararon el vehículo oficial conducido por el propio Baltar para identificar a su conductor, los agentes que realizaban el control de velocidad no disponían de la certificación del margen de error del medidor de velocidad, por lo que inicialmente le pusieron por el exceso de velocidad una multa de 600 euros, que con el pronto pago quedaron en 300, y seis puntos de detracción del carné de conducir.
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