Investigación
Fernández Díaz pide suspender la tramitación de la Kitchen hasta que se corrija un "error" de García Castellón
El letrado del exministro del Interior pretende que se paralice el plazo conferido para presentar su escrito de defensa hasta que se determine si el instructor cometió una equivocación
Tono Calleja Flórez
El exministro del Interior Jorge Fernández Díaz ha reclamado al juez del caso Kitchen, Manuel García Castellón, que de forma cautelar suspenda el plazo conferido para presentar su escrito de defensa hasta que se determine si el instructor cometió "un error" en el auto de apertura de juicio oral por el que deberá sentarse en el banquillo de los acusados por el presunto espìonaje al extesorero del PP Luis Bárcenas.
En un escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, del grupo Prensa Ibérica, el letrado del exministro, Jesús Mandri Zárate, justifica esta petición después de que él mismo y otras defensas de los investigados, entre ellos su ex número dos en el Ministerio, Francisco Martínez, presentaran diferentes recursos alertando de posibles fallos de García Castellón: "Pues de estimarse los mismos, la nulidad del auto de apertura de juicio oral supondría la nulidad de los escritos de conclusiones provisionales formulados con fecha posterior", advierte Mandri.
García Castellón
Este letrado sostiene que García Castellón acordó procesar a la cúpula del Ministerio del Interior con un procedimiento abreviado, y según la ley, esto sólo se aplica al enjuiciamiento de los delitos castigados con penas no superiores a nueve años de cárcel. En sentido contrario, el procedimiento sumario ordinario es para los delitos castigados con penas superiores a nueve años.
El abogado de Fernández Díaz también había advertido al instructor de otra actuación que considera errónea. En concreto, que el juez incluyó en su auto de apertura de juicio oral de Kitchen la petición de la mujer de Bárcenas, Rosalía Iglesias Villar, de que se considere a Fernández Díaz cooperador necesario de tres delitos de secuestro por los que ya había sido condenado el falso cura Enrique Olivares. Este hombre, que falleció en enero de 2022, fue considerado culpable del asalto de la vivienda del extesorero del PP. Este delito prevé hasta diez años de prisión, por lo que también supera el límite de 9 años de los procedimientos abreviados.
Por todo ello, explica el letrado Mandri, la inclusión o exclusión definitiva en el auto de apertura de juicio oral de los delitos mencionados en su incidente de nulidad "indudablemente afectará al contenido del escrito de defensa que formulará esta representación procesal, y a la prueba que habrá de solicitarse en el mismo, motivo que refuerza la necesidad de suspenderse el plazo concedido a las defensas para formular escritos de conclusiones provisionales".
- El Correo Gallego - Diario de la capital de Galicia
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