Así es el protocolo de Interior

¿Cómo se protege a las víctimas de violencia de género? El caso de Oia reabre el debate

El asesinato de Ana Vanessa Serén a manos de su expareja, que contaba con una orden de alejamiento, reabre el debate sobre la protección de las víctimas de violencia machista

Un agente de la Guardia Civil

Un agente de la Guardia Civil / GUARDIA CIVIL - Archivo

EFE

En lo que va de año, 21 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o exparejas; cinco de ellas habían presentado previamente denuncia y tres contaban con medidas de protección en vigor que, sin embargo, no evitaron su muerte.

La última víctima mortal ha sido Ana Vanessa Serén, asesinada este sábado por su expareja, que contaba con una orden de alejamiento. El sistema policial de protección a las víctimas consideraba que su nivel de riesgo era medio.

La valoración del riesgo que sufre una víctima de violencia machista y las medidas que deben tomar las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para protegerla están regidas por un protocolo actualizado en 2019 por Interior que incluye desde la vigilancia intensiva del agresor hasta el acompañamiento permanente de la mujer maltratada y sus hijos.

La evaluación debe iniciarse desde el mismo momento en el que los agentes tienen conocimiento de un posible caso de violencia de género, ya sea a través de la denuncia de la víctima, de una tercera persona o por otros medios, en cuyo caso deben actuar de oficio.

Una vez recabada toda la información se sitúa a la mujer en uno de los cinco niveles de riesgo existentes: no apreciado, bajo, medio, alto o extremo y se informa al juez y al fiscal.

Medidas de protección asociadas a cada nivel de riesgo

Cada nivel de riesgo lleva aparejado medidas policiales concretas para proteger a la víctima de "aplicación obligatoria e inmediata"; se deben personalizar y adaptar a casa caso y tienen que ser comunicadas a su receptora. En caso de riesgo bajo, habrá contactos telefónicos o personales con la víctima. Si son personales, deberán ser discretos y se acordará con la víctima la conveniencia de que los agentes vayan o no de uniforme.

Se facilitará a la mujer números de teléfono de contacto permanente, se la derivará a las oficias de atención a víctimas y se indagarán los momentos de recepción de resoluciones judiciales, que pueden elevar la peligrosidad del agresor. A este se le requerirá la entrega de armas, si las tiene.

En casos de nivel medio, si procede se traslada a la víctima a un centro de acogida y se realiza un control policial ocasional del domicilio, lugar de trabajo y centro escolar de sus hijos menores; los agentes la acompañarán en actuaciones de carácter judicial, asistencias o administrativo si creen que puede haber riesgo.

En lo que respecta al agresor, con ese nivel de riesgo se insta a la Fiscalía a realizar un seguimiento mediante dispositivo telemático de control y se comprueba periódicamente el cumplimiento de las medidas de protección impuestas.

En casos de riesgo alto, se añade a estas actuaciones el contacto con personas del entorno del agresor y la víctima para mejorar su protección, además del control aleatorio de los movimientos del maltratador.

Por último, cuando haya riesgo extremo, el control del agresor, de la víctima y de sus hijos será "permanente" e "intensivo".

Reevalución del riesgo

El nivel de riesgo se reevalúa periódicamente, además de someterse a revisiones especiales cuando se tiene conocimiento hechos significativos, como una nueva denuncia o un quebrantamiento.

La primera revisión del riesgo se realizará una vez tenga lugar la primera actuación judicial o, en todo caso, en un plazo máximo de siete días desde la primera evaluación.

Después, dependerá del nivel de riesgo asignado. Si la situación es de extrema gravedad, la reevaluación se realizará antes de que pasen 72 horas; si el nivel es alto, en el plazo de una semana; si el nivel es medio, antes de los 30 días; si el nivel es bajo, antes de que pasen 60; y si no se aprecia riesgo, el caso se reevaluará en un plazo de 90 días.

Un caso de violencia de género solo podrá inactivarse en el Sistema VioGén si el riesgo del mismo se califica como "no apreciado" o en situaciones excepcionales de riesgo bajo que no tengan medidas judiciales en vigor y, tras contactar con la víctima, las circunstancias no aconsejen aumentar el riesgo.

Finalmente, un caso podrá inactivarse también con independencia del riesgo asociado en supuestos de "renuncia voluntaria, manifiesta y reiterada" de la víctima, siempre y cuando no cuente con medidas judiciales o una orden de protección en vigor.