Nuevas normas para los ‘influencers’ que facturen más de 500.000 euros al año

La normativa afectará a 'influencers', 'vloggers' y 'youtubers', entre otros

La normativa afectará a 'influencers', 'vloggers' y 'youtubers', entre otros / El Correo Gallego

En un panorama en el que la comunicación también está en manos de los influencers que tienen millones de seguidores en plataformas como Twitch, TikTok o Instagram y cuyos mensajes tienen mucho eco en la sociedad, el Ministerio de Economía y Transformación Digital ha elaborado un proyecto de Real Decreto por el cual estas personas van a tener que atenerse a una nueva regulación a partir del 2024.

Este decreto supondrá que los influencers pasen a ser tratados como cualquier otro prestador de servicios de comunicación audiovisual, lo que les obligará a atenerse a algunas de las normas que aparecen especificadas en la Ley de Comunicación Audiovisual aprobada el año pasado. Sin embargo, estas normas no afectarán a todos, sino que van dirigidas a aquellos que facturan más de 500.000€ al año y tienen más de dos millones de seguidores.

Según han señalado en El Economista, estas normas van dirigidas principalmente a la publicidad que hacen estas personas desde sus canales de comunicación. Es por ese motivo que tendrán que atenerse a esos puntos de la Ley de Comunicación Audiovisual donde se especifica que no puede haber publicidad encubierta o “comunicaciones comerciales audiovisuales subliminales que puedan actuar sobre el público destinatario sin ser conscientemente percibidas” (art. 122).

Además, en el caso de anuncios de bebidas alcohólicas, apuestas o tabaco tendrán que atenerse a las franjas horarias estipuladas por la ley. Entre otros, en el caso de los juegos de azar, “solo podrán emitir programas de actividades de apuestas entre la 1.00 y las 5.00 horas” (art. 99.6).

Esta nueva regulación también supondría un punto y final para las comunicaciones comerciales que están dirigidas hacia el culto al cuerpo o rechazo de la autoimagen, es decir, la obsesión por el estado físico. En este caso, la normativa está dirigida hacia la protección de los menores de este tipo de mensajes que pueden afectar a cómo se autoperciben y crear problemas de salud mental, como los trastornos de la conducta alimentaria. Para evitar que los anuncios creen algún tipo de perjuicio mental a los más jóvenes se prohíben conductas como la que describe la ley: “Promover el culto al cuerpo y el rechazo a la autoimagen mediante comunicaciones comerciales audiovisuales de productos adelgazantes, intervenciones quirúrgicas o tratamientos de estética, que apelen al rechazo social por la condición física, o al éxito debido a factores de peso o estética” (art. 124).