El abogado de Baltar mantiene que no hay delito contra la seguridad vial porque ya hubo multa

La de este miércoles es la tercera suspensión del juicio, ya que se aplazó en dos ocasiones por incomparecencia del abogado y la otra al no estar de acuerdo el acusado con la petición de penas de la Fiscalía

Manuel Baltar.

Manuel Baltar.

EFE

El abogado de Manuel Baltar, el presidente en funciones de la Diputación de Ourense, ha defendido este miércoles que no existe delito contra la seguridad vial por circular a 215 kilómetros hora porque esos hechos derivaron previamente en una sanción administrativa que invalida las acciones penales. El letrado Juan Ramón Montero ha vuelto a defender que "no cabe procedimiento penal" por el exceso de velocidad con el que circulaba Baltar el pasado 23 de abril por la Autovía A-52 a la altura de Asturianos (Zamora), cuando conducía su vehículo oficial como presidente de la Corporación provincial ourensana.

Montero, que ha comparecido en el Juzgado de lo Penal de Zamora, donde finalmente se ha suspendido el juicio contra Baltar por la huelga de funcionarios de Justicia, ha declarado que se trata de un tema "jurídicamente resuelto y ya sancionado", algo que planteará también en las consideraciones previas a la celebración del juicio, para el que aún no hay nueva fecha de celebración.

El abogado de Baltar se refiere a los seis puntos de retirada del carné de conducir y la multa de 600 euros que quedaron en 300 por el pronto pago, que se le notificaron al presidente de la Diputación de Orense cuando le pararon por el exceso de velocidad, al no poder determinar en ese momento los agentes si la velocidad a la que circulaba se podía considerar delito o únicamente sanción administrativa.

Finalmente, al tratarse de un cinemómetro ubicado de forma temporal en un punto fijo, el margen de error se fijó en el 5% y por ello se trataría de un delito contra la seguridad vial por el que iba a ser juzgado este miércoles en el Juzgado de lo Penal de Zamora. El exceso de velocidad se registró pasadas las seis y media de la tarde del domingo 23 de abril por un radar de tráfico instalado de forma temporal en un punto fijo en el kilómetro 67 de la A-52, a la altura de Asturianos (Zamora).

La Fiscalía ha pedido en su escrito de acusación una pena de seis meses de multa a razón de diez euros diarios, que suma un total de 1.800 euros, y un año de retirada del carné de conducir por un delito contra la seguridad vial. Se da la circunstancia de que esa misma jornada, cerca de una hora antes, otro radar detectó el coche oficial del presidente de la Diputación de Ourense circulando por esa misma autovía a 173 kilómetro hora a la altura de Allariz (Orense), lo que implica otra sanción administrativa.

La de este miércoles es la tercera suspensión del juicio contra Baltar por este delito, ya que anteriormente el juicio rápido se aplazó en dos ocasiones, en una por incomparecencia del abogado y la otra al no estar de acuerdo el acusado con la petición de penas de la Fiscalía.