El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso del cantante Joaquín Sabina contra la sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó que debía pagar dos cinco millones de euros en impuestos por el IRPF de los años dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez en concepto de derechos de autor cedidos a empresas familiares.

En una providencia a la que han tenido acceso los medios de comunicación, el tribunal no ha entrado a analizar el fondo del recurso al no apreciar un interés casacional que amerite el pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo. En este sentido, los magistrados han indicado que las cuestiones que plantea el recurso de Sabina han de entenderse esencialmente resueltas en la jurisprudencia del Alto Tribunal. Contra esta decisión no cabe recurso, por lo que el periplo judicial del artista llega a su fin junto a familiares.

Sabina era socio o administrador de tres empresas con las que gestionaba sus derechos de autor, inmuebles en Madrid y Rota y otras pertenencias. Según el inventario recogido en la sentencia del pasado trece de abril. Durante los tres años que abarca la Inspección Tributaria, esas tres compañías generaron más de doce millones de euros en ingresos de explotación y en su defensa, Sabina alegó que él no tenía ninguna relación con esas sociedades, si bien los magistrados de la Audiencia Nacional citan sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declararon inverosímil ese argumento y que determinaron que el cantante tributó menos de lo que le correspondía.