Greenalia se revuelve y ve “inseguridad jurídica” en las últimas sentencias que tumban sus eólicos

La empresa afirma que la petición de informes sectoriales previa al trámite de información afectará a más sectores

Dice que el juez fue candidato de En Marea, y ya se posicionó

Cree injustas las medidas cautelares en Bustelo

Un parque eólico impulsado por Greenalia, como los previstos en el entorno de Bergantiños-Xallas / greenalia

Un parque eólico impulsado por Greenalia, como los previstos en el entorno de Bergantiños-Xallas / greenalia / Marcos Manteiga

La anulación de dos parques eólicos de Greenalia en Bergantiños-Xallas ha provocado, pese a acatarla, el malestar de la empresa. Y no sólo por la forma, ya que el fallo inicialmente a su favor contra la construcción de aerogeneradores en Bustelo (Carballo-Coristanco) fue luego rectificado por un “erro material”, sino que están en contra de que se pidan informes sectoriales antes del trámite de información pública y que se les obligase a paralizar las obras como medida cautelar. Por lo de pronto, creen que esta medida va a afectar a más proyectos, e incluso a otros sectores que necesiten de informes ambientales.

Así, Greenalia recuerda que el 20 de junio recibió una aclaración de la sentencia sobre el proyecto del parque eólico Bustelo en la que se les pone de manifiesto un “error material” por el cual el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia modificaba el fallo de su sentencia para estimar el recurso contencioso-administrativo de Adega contra la autorización administrativa del parque. “Esta modificación del fallo llega después de la notificación del 16 de junio, en la que se fallaba expresamente la desestimación” del recurso, por lo que decidieron retomar la actividad.

Pero, tras llegar la enmienda, tuvieron que volver a aparcarla, “pese a haber invertido ya más de siete millones de euros” y sin que se le exigiera a los demandantes “ningún tipo de fianza” por no tener la organización Adega ánimo de lucro.

Por lo de pronto, el equipo jurídico de Greenalia analizaba el pronunciamiento en profundidad, haciendo patentes varias cuestiones, cuando menos, polémicas. En primer lugar, citan que “frente al parque eólico Bustelo se interpusieron dos recursos por asociaciones diferentes. En uno de ellos, la empresa presentó una recusación sobre uno de los magistrados de la sala, Luis Villares Naveira, excandidato a la presidencia de la Xunta de Galicia por En Marea, por entender que debía abstenerse de participar en la resolución de los recursos, teniendo en cuenta que, durante su etapa política, había mostrado públicamente, en diferentes ocasiones, su oposición”. Para ello se elaboró un informe de veinte páginas documentado, pero Villares salió airoso de la recusación.

También lamenta Greenalia que se le denegase la ratificación de las pruebas periciales que propuso, “rechazando que los peritos pudieran explicar a los magistrados del TSXG sus informes técnicos y económicos, que fueron presentados por la empresa para su defensa”, al considerar que “no es necesaria ni procedente su reproducción”. Y, por último, exponen que el pasado 16 de junio se recibió la sentencia en la que se desestimaba el recurso de Adega, “y 4 días más tarde se recibió una rectificación de la misma donde se aludía a un error material, indicando ahora que se estimaba el recurso de Adega”. Los asesores jurídicos destacaron que, además de ese error material, había otros, como el nombre de la empresa (que no se correspondía con el de la parte demandada).

Asimismo, los abogados de Greenalia llaman la atención sobre el criterio adoptado por el tribunal al fallar respecto a la forma de tramitar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental del parque. “En concreto, el TSXG considera que en dicho procedimiento deberían tramitarse primero las peticiones de los informes sectoriales y, después, abrir la fase de información pública para que los interesados puedan alegar al contenido de esos informes”.

Pero esta doctrina del Tribunal Superior, que tildan de “particular”, resultaría además “contraria con la literalidad del artículo 37.1 de la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental, que dispone expresamente que la solicitud de los informes sectoriales a las administraciones afectadas se hará simultáneamente al trámite de información pública”. De hecho, aportan que el propio fallo rectificado del TSXG hace constar que “recientemente el Tribunal Supremo ha admitido a trámite dos recursos de casación frente a esta doctrina” del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, un aspecto que, sin embargo, “no ha impedido mantener una postura que no está amparada en ningún precedente del Tribunal Supremo”.

Según las distintas informaciones hechas públicas en los últimos meses, desde Greenalia afirman que, a día de hoy, “son varios los proyectos que tienen impuesta una medida cautelar en Galicia por la misma sala del TSXG en aplicación de este criterio, número que se prevé pueda aumentar en los próximos meses”. Y desde el equipo jurídico se advierte que, de mantener la aplicación de este criterio, “no sólo afectaría a los proyectos eólicos, sino a cualquier proyecto industrial que precise de una declaración de impacto ambiental para su tramitación, dado que el criterio del TSXG afecta a la interpretación de normas estatales y europeas aplicables a todos los procedimientos administrativos de autorización de proyectos energéticos, industriales o de cualquier clase” ante iniciativas empresariales que en algún caso lleva años en evaluación.