Inviolabilidad

El rey emérito mantiene su privilegio de aforado en asuntos civiles y penales ante el Tribunal Supremo

Juan Carlos I se va ‘reinsertando’ en España con su domicilio fiscal en Abu Dabi 

Juan Carlos I.

Juan Carlos I. / José Ramón Herrando

Ernesto Ekaizer

Siempre hay una primera vez.  

El debate de investidura de Alberto Núñez Feijóo tuvo lugar en las Cortes con la

: el rey emérito Juan Carlos I en Sanxenxo, y su hijo, el rey Felipe VI, en el Palacio de la Zarzuela. Seguramente Juan Carlos I no descartaba mantener un encuentro con su hijo dada la circunstancia de que el rey Felipe inauguraba el Foro La Toja el jueves 28, a 15 kilómetros o 12 minutos de Sanxenxo. O quizá fue una manera de recordar que allí estaba él, según fuentes enteradas de los movimientos reales, cuando los periodistas apostados ante el Club Náutico de Sanxenxo le preguntaron el jueves 28, de regreso de navegar con su hermana Margarita y su sobrina María Zurita, si iba “a poder ver a su hijo que está en Galicia”, contestó: “Seguramente”. 

Pero, seguramente, dado que a la apertura del Foro seguía la segunda votación de investidura en las Cortes, prevista para el día siguiente, viernes 29, y habida cuenta de que en las dos primeras jornadas de martes y miércoles, Felipe VI había sido traído y llevado, con un protagonismo infrecuente, en diversas intervenciones, quizá un encuentro Juan Carlos I-Felipe VI la víspera hubiese tenido una repercusión mediática incontrolable. No, desde luego que no era una buena idea. 

Mira por dónde, fue el candidato a una investidura que, en rigor, fue un autoinvestidura como presidente del Partido Popular y el instrumento de denuncia de la amnistía para “pisar” a Pedro Sánchez, quien primero metió a Felipe VI en el debate. 

Ya desde el comienzo advirtió: “En las últimas semanas los españoles han tenido que escuchar expresiones de desprecio al voto que ejercieron libremente. Interpretaciones insólitas de los resultados. E incluso descalificaciones a la coherente propuesta de Su Majestad el Rey”. Y siguió con la figura real al preguntarse: “¿Tendría que haber considerado el rey las publicaciones en redes sociales de los partidos que se negaron a acudir a Zarzuela, como establece la Constitución?”  

Al explicar que tenía “a su alcance los votos para ser presidente de Gobierno pero que no acepto el precio que me piden [amnistía] para serlo”, Núñez Feijóo señaló que esa medida sería “un ataque directo a valores democráticos esenciales” y entre esos valores colocó a Felipe VI. 

“Quedaría también discutida la intervención del rey en 2017”, señaló. 

Se refería al discurso de Felipe el 3 de octubre de 2017, un discurso que, aunque leído en TVE vestido de civil, sonó más a una alocución de capitán general de los ejércitos sin faja o mando supremo de las Fuerzas Armadas (artículo 62 de la Constitución), que como el “árbitro” o “moderador” de la nación (artículo 56.1 de la Constitución). 

Ya en las intervenciones tocó al portavoz del Partido Nacionalista Vasco (PNV), Aitor Esteban, el miércoles 27, replicar a Feijóo con el tema del rey. “Ayer dijo que no hay nadie por encima de la ley. Hombre…Uno sí hay. El rey que es inviolable. Y tal como se interpreta ahora la Constitución [en referencia a la investigación sobre el patrimonio de Juan Carlos I] sí está por encima de la ley. Eso habrá que cambiarlo algún día si de verdad creemos en la igualdad que tanto se predica”. 

En efecto, esa interpretación –y no la de que los actos del rey son solamente aquellos refrendados según el artículo 64 de la Constitución, los demás son privados- limitó la investigación de la fortuna del emérito al periodo posterior a su abdicación el 18 de junio de 2014. Y otra interpretación sobre el alcance de las comunicaciones de la Fiscalía General del Estado a Juan Carlos I dando cuenta de que Hacienda le estaba investigando, le permitió enmascarar dos regularizaciones fiscales, presentadas como “espontáneas”, por un total 5.074.295,68 euros como, una fórmula para esquivar el delito fiscal. 

Otras investigaciones abiertas sobre los gastos de las cacerías a las que asistió entre junio de 2014 y 2018, a saber, quienes son los empresarios que pagaron, aparentemente han sido objeto de una sanción administrativa. 

“Pero en todo caso, ello hubiera invalidado el carácter “completo”, aparte de “veraz” y “espontaneo”, que se exige a las regularizaciones fiscales y que así parecía haberse estimado en 2022 al dar la Agencia Tributaria su conformidad a sus dos regularizaciones”, recuerda Carlos Cruzado, abogado, técnico de auditoría y contabilidad del Estado y presidente Gestha (Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda) a este periódico. 

Compras o regalos

El proceso de “reinserción” progresiva de Juan Carlos I a la vida española asume a su vez su residencia fiscal en Abu Dabi, Emiratos Árabes Unidos, una decisión (vigente desde el año fiscal 2022) que se ha dado por comunicada a la Agencia Tributaria para su conocimiento de que el rey emérito no es contribuyente español, porque ya no se cumple el requisito para que siga siéndolo. ¿Y eso qué es? "Que ya no radica en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, tal y como establece la normativa española para otorgar la residencia fiscal a un ciudadano”. 

¿Y el “núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, en qué consiste? Porque como las meigas, parece que haberlos haylos. ¿Por qué? Pues porque al mismo tiempo de filtrarse que Juan Carlos I era residente fiscal en Abu Dabi, Emiratos Árabes Unidos, a primeros de 2021, se conoció que Juan Carlos I ha hecho una inversión importante allí donde ahora reside fiscalmente: ha comprado una casa

“La idea de que esta inversión o compra no se puede investigar porque es residente fiscal en Abu Dabi no es correcta. La pregunta es de donde ha salido el dinero y cuando se ha obtenido”, explica Cruzado. 

¿Ha sido un regalo? ¿De quién? No es la primera propiedad que Juan Carlos I ha recibido como regalo no declarado, ya que le protegió la interpretación de la Constitución más favorable a sus intereses.  

En la investigación penal del fiscal Yves Bertossa, Corinna zu Sayn-Wittgenstein, la examante de Juan Carlos I, reveló compras de apartamentos en los Alpes Suizos, en la localidad Villars sur Ollon, donde está el complejo Domaine Rochegrise, entre el lago Leman y Gstaad, a 1.500 metros de altura, y con vistas sobre los picos de Les Diablerets, un nido de amor que compartieron durante varios años. 

Y hubo otro regalo célebre. El que le hizo a Juan Carlos I el sultán de Omán Qabus bin Said, un ático en el barrio de Belgravia, muy cerca de la casa de Corinna -en cuya compra Juan Carlos I ayudó a su entonces amante- por un precio de 62,7 millones de euros. Este “regalo” tuvo lugar a primeros de julio de 2014 menos de un mes después de la abdicación. Pero tampoco ha sido objeto de investigación.  

Aforamiento especial

La “naturalidad” con que se ha acogido la residencia fiscal de Juan Carlos I en un país extranjero -¿no sería un escándalo que un expresidente español hiciese lo mismo, para hablar de una segunda autoridad del Estado?- pasa también por alto el hecho de que cuando abdicó el gobierno de Mariano Rajoy promovió de rondón en una ley orgánica de racionalización del sector público el aforamiento del rey emérito gozara de aforamiento ante todo tipo de asuntos civiles y penales (Tribunal Supremo) junto a los otros miembros de la Casa de su Majestad el Rey. 

En la exposición de motivos se señala: “El nuevo artículo que se introduce atribuye el conocimiento de las causas civiles y penales que contra él se pudieran dirigir por los referidos hechos al Tribunal Supremo, atendiendo a la dignidad de la figura de quien ha sido Rey de España, así como al tratamiento dispensado a los titulares de otras magistraturas y poderes del Estado” [lo que vale para la reina consorte o al consorte de la reina y a los príncipes de Asturias, así como al consorte del rey o de la reina que hubiere abdicado).  

Por esta razón, la defensa de Juan Carlos I arguyó contra Corinna zu Sayn-Wittgenstein en el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales que el rey emérito era miembro de la Casa de Su Majestad el Rey Felipe VI -sin serlo-, argumento que fue rechazado por los jueces para concederle la inmunidad [solo se le dio para el periodo en que ejercía como rey].

Y, además, con la excusa de dicho aforamiento, la inviolabilidad del monarca conoció otra vuelta de seguridad con el citado aforamiento -a pesar de la vigencia de la exigencia del refrendo de los que son actos del rey-. 

Según dice la ley: “Conforme a los términos del texto constitucional, todos los actos realizados por el Rey o la Reina durante el tiempo en que ostentare la Jefatura del Estado, cualquiera que fuere su naturaleza, quedan amparados por la inviolabilidad y están exentos de responsabilidad”. 

El 31 de octubre próximo, con ocasión de la mayoría de edad de la infanta Leonor, día en la que jurará la Constitución ante las Cortes, la familia real celebrará una reunión de conmemoración en la cual Juan Carlos I, que asistirá, dará otro paso en su “reinserción” en el Palacio de El Pardo. 

Para entonces es altamente probable que se conozca el veredicto -recurrible- de la jueza Rowena Collins Rice sobre la demanda civil de Corinna por acoso.