‘Macroseguro’ para proteger la Cidade da Cultura: solo la colección de arte está tasada en 5 millones

Las instalaciones, sin contenido, están valoradas a efectos de la póliza en 287 millones de euros

Blindar sus bienes y la responsabilidad civil cuesta cada año al Gaiás 167.000 euros

Tiene que estar adjudicado antes del 1 de marzo

Una de las numerosas salas que custodian la colección de obras de arte de la Fundación Cidade da Cultura, durante una visita guiada / gaiás

Una de las numerosas salas que custodian la colección de obras de arte de la Fundación Cidade da Cultura, durante una visita guiada / gaiás / ARTURO REBOYRAS

La Cidade da Cultura de Galicia acaba de sacar a licitación el contrato de un macroseguro para proteger el complejo del monte Gaiás. Tal y como se recoge en el portal de Contratos Públicos de Galicia, el proyecto cuenta con un presupuesto base de licitación de 166.947,69 euros, con el IVA incluido, aunque la oferta puede ser mejorada por las empresas que concurran en el proceso.

El Gaiás demanda dos pólizas de seguros de diferente naturaleza: por un lado, una póliza de riesgos patrimoniales de los bienes muebles e inmuebles de la Fundación Cidade da Cultura; y por otro, una póliza de responsabilidad civil. El seguro tiene como propósito proteger tanto el continente como el contenido de la CdC.

Se trata de proteger el conjunto de las construcciones principales y accesorias y sus instalaciones fijas de servicios (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración y otras propios de un edificio como tal). Además, en el caso de la propiedad horizontal o pro indivisa queda incluida la parte proporcional de los elementos comunes del edificio, así como las antenas de televisión. Se incluyen, asimismo, las vallas, cercas y muros de cierre (incluidos los de contención de tierras), independientes o no del edificio, tubos, tuberías, y otras instalaciones fijas cuando se hallen dentro de los recintos, así como las zonas pavimentadas exteriores de los edificios sobre las que la Cidade da Cultura tenga título de propiedad y otro interés asegurable. En el valor de los edificios se entenderá incluido el valor de cuantas instalaciones existan para su solidez, ornato, higiene y comodidad.

En lo que respecta al contenido, se entiende el conjunto de bienes muebles o enseres profesionales, de oficina, comercio o industria, maquinaria e instalaciones no fijas, utillajes, moldes, modelos, planos, herramientas de trabajo que sean propios por razón de la profesión o actividad asegurada. Se considera que forman parte del ajuar industrial de la Cidade da Cultura las líneas eléctricas y tendidos eléctricos, transformadores y otras instalaciones industriales no incluidas en el concepto de continente. También forma parte de este capítulo el conjunto de muebles, ropas, enseres domésticos o de uso personal, víveres y otras provisiones, antena individual de televisión y demás cosas u objetos que se hallen dentro del recinto del Gaiás o locales dependientes del mismo, siempre que el asegurado tenga título de propiedad u otro interés asegurable.

Asimismo, quedaría asegurado el conjunto de materias primas, productos en proceso de fabricación y acabados, embalajes, repuestos, accesorios, producto para la venta y material auxiliar que sean propias y necesarias por razón de la actividad. También quedarían protegidos los bienes propiedad de terceras personas, en custodia o depósito de la Cidade da Cultura y sobre los que esta tenga deber de asegurarlos o bien por resultar civilmente responsable de los daños que sufran, siempre que tales daños no se encuentren excluidos de las garantías del contrato y los bienes se hallen en los recintos asegurados. Se incluyen como bienes asegurados motores eléctricos, cuadros eléctricos, equipos telefónicos y aparatos de visión y sonido, así como cualquier equipo electrónico.

Por otro lado, cabe destacar que de forma particular se incluyen en la póliza todos los bienes de valor artístico, colecciones, cuadros, esculturas, colecciones de libros, y en general objetos artísticos o históricoartísticos que sean propiedad o se encuentren bajo la custodia de la Fundación Cidade da Cultura de Galicia. En cuanto a las colecciones, libros, cuadros y objetos artísticos, el valor asegurado será un valor acordado de cinco millones de euros. Además, se conviene en que tendrán la consideración de bienes asegurados los documentos, manuscritos, libros de negocio, microfilmes, películas, moldes, ficheros, archivos, planos y diseños.

El continente total asegurado está valorado en la licitación del contrato en 286.971.953,97 euros, mientras que lo que se refiriere al contenido, además de los 5 millones de euros en los que se ha valorado la colección de arte, se contemplan otros bienes por un montante de 4.358.131,05 euros. El contrato tendrá que estar adjudicado el 1 de marzo de 2024, fecha en la se activarán las pólizas de seguros, y tendrá una vigencia de un año, hasta el 28 de febrero de 2025.

La cobertura debe ser total en cuanto a aquellas deficiencias que surjan a raíz de incendios, rayos o explosiones; así como actos de vandalismo o malintencionados. También para aquellas que tengan su origen en acciones tumultuarias o huelgas, así como las provocadas por el viento, la lluvia o la nieve. Además, deberán cubrirse los daños materiales producidos por agua por consecuencia de reventón, rotura, desbordamiento o atasco de conducciones de distribución o bajadas de agua o de depósitos y aparatos que formen parte de los edificios o instalaciones del Gaiás, o bien procedentes de bienes colindantes o próximos propios o de terceros.

Quedan asimismo comprendidos los gastos de recuperación de archivos informáticos, contenidos en portadores externos de datos o el incremento de los costes de operación, entendiéndose por tal el uso provisional de equipos electrónicos ajenos en tanto se repara o repone el propio dañado. Se garantizará igualmente la omisión del cierre de llaves, válvulas o llaves de agua y los daños materiales causados a los bienes asegurados con ocasión o por consecuencia de desbordamiento o desviación del curso normal de lagos sin salida natural, curso o canales en superficie construidos por los humanos, alcantarillado, colectores y otros canales subterráneos al desbordarse, reventarse, romper o averiarse, siempre que la inundación no sea amparable por el Consorcio de Compensación de Seguros.

También los daños provocados por la presencia de humo, el impacto de vehículos, la caída de aeronaves u ondas sónicas, así como fugas de equipos de extinción. La licitación del contrato se hizo pública el 28 de noviembre del año pasado y tendrá que estar resuelto el 1 de marzo, cuando las pólizas aseguradoras del Gaiás entran en vigor.