El TSXG ratifica la anulación de la licencia y ordena la demolición de la gasolinera de Brandía

Contra la sentencia, que ordena al Concello a asumir el derribo, aún cabe recurso de casación

Los servicios jurídicos de Raxoi la analizan

Estado actual de la gasolinera de Brandía, en la zona de Vidán

Estado actual de la gasolinera de Brandía, en la zona de Vidán / Jesús Prieto

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratifica el derribo de la gasolinera de Brandía en Santiago. En una sentencia del 29 de septiembre, a la que ha tenido acceso EL CORREO GALLEGO, el tribunal ratifica el fallo de primera instancia en el que se anulaba la licencia de la pequeña estación de servicio de dos surtidores y se ordenaba su demolición. La construcción de la gasolinera levantó numerosas protestas vecinales en la zona por su proximidad a las viviendas. Esta nueva sentencia se suma a la que se conoció hace unas semanas en la que se absolvía a los técnicos municipales del delito de prevaricación por autorizar la licencia.

En noviembre de 2022, el juzgado contencioso administrativo número 1 había anulado la licencia tras una denuncia del Colexio de Enxeñeiros Industriais, que alegó que el proyecto debería ser firmado por un ingeniero industrial superior y no por un arquitecto o ingeniero técnico. La sentencia obligaba también a la demolición de todo lo construido, no sólo el área de los surtidores sino también la edificación comercial anexa. Tanto el Concello de Santiago, como la empresa Carburantes Lugo, como el Colegio de Arquitectos recurrieron la decisión, que ahora ratifica el TSXG. Pero el fallo aún no es definitivo, ya que contra él cabe recurso de casación, bien ante la sala del TSXG como ante el Tribunal Supremo.

El Ayuntamiento de Santiago informó este miércoles de que “los servicios jurídicos municipales están estudiando la ejecutabilidad de la sentencia”. El Gobierno de Sánchez Bugallo había recurrido el fallo de primera instancia porque condenaba al Concello a asumir la demolición de la gasolinera. Ahora el departamento de Urbanismo está esperando por el informe de la asesoría jurídica para “adoptar las medidas que determine”. Podría optar por presentar recurso de casación y seguir litigando para no tener que pagar el derribo o aceptar el fallo del TSXG. 

Además de Raxoi, tanto la empresa que promueve la gasolinera y el centro comercial, Carburantes Lugo, como el Colexio de Arquitectos también podrán presentar recurso de casación. El órgano que representa a los arquitectos defendió que la competencia de estos profesionales es “universal”, por lo tanto podían firmar el proyecto. Aseguró que una gasolinera no es una actividad industrial, dado que no se fabrican productos.

Por su parte, Carburantes Lugo fundamentó su recurso en que la parcela en la que se asienta la gasolinera de Brandía es suelo urbano consolidado, por lo que admite usos comerciales y no industriales. La empresa admitió que inicialmente sólo querían construir la gasolinera, pero que el Concello les advirtió que no podría ser autorizada si no se incluía un uso comercial. Por este motivo presentó un nuevo proyecto en el que intervinieron tanto una arquitecta, para la construcción del pequeño centro comercial, como un ingeniero técnico, que redactó el proyecto de la estación de servicio. El Colexio de Enxeñeiros aprovechó este punto para recalcar la contradicción entre las alegaciones de los arquitectos, que consideran que pueden redactar cualquier tipo de proyecto, y la empresa, que recurrió a un ingeniero, aunque de menor rango. El TSXG en su fallo subraya que “si el proyecto de la arquitecta debió de ser complementado es porque resulta insuficiente por sí mismo y siendo así, sólo podría ser completado por un profesional con la habilitación suficiente” y, según sentencias anteriores confirmadas por el Tribunal Supremo, “un ingeniero técnico no lo es”. 

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El pleito entorno a la legalidad de la licencia de obra es sólo uno de los que conforman la maraña judicial que rodea a la construcción de la gasolinera de Brandía. El pasado 7 de septiembre, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña archivó definitivamente la causa abierta contra dos técnicos municipales del Ayuntamiento de Santiago a los que se les acusaba de prevaricación. Se daba así carpetazo al recurso presentado por los vecinos de la urbanización y la Asociación Provincial de Estaciones de Servicio de A Coruña.

En febrero, la jueza Ana López-Suevos ya había considerado que no se produjo ningún delito penal por parte de los técnicos. La magistrada ya había indicado en el auto de febrero que la controversia sobre la licencia de la gasolinera se situaba en el ámbito puramente administrativo y no había causa penal.