Fue subrogada cuando se acordó la municipalización del servicio

Un juzgado de Santiago da la razón a una trabajadora del Consorcio de Benestar de la guardería de Dodro: es personal laboral fijo

Fue subrogada cuando se acordó la municipalización del servicio

La CNT critica que el Consorcio "no cumplió la legislación en materia laboral y en lugar de conservar las condiciones laborales de la trabajadora las empeoró"

Escuela infantil en el Ayuntamiento de Dodro

Escuela infantil en el Ayuntamiento de Dodro / Deloa

E.P.

El juzgado de lo social número 2 de Santiago ha reconocido la fijeza de una trabajadora del Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar de la Xunta que fue subrogada cuando se acordó la municipalización del servicio de la escuela infantil en el Ayuntamiento de Dodro, de forma que el ente autonómico se encargó de gestionarlo y se hizo cargo de sus empleados.

El auto, con fecha del pasado 7 de septiembre, estima la demanda de la trabajadora contra la Consellería de Política Social y la de Facenda, el Consorcio y el Consistorio de Dodro.

En este sentido, la jueza declara la condición de personal laboral fijo de la actora y su antigüedad desde el 27 de julio de 2006, y condena a las demandadas a "estar y pasar por esta declaración".

En relación con la naturaleza de la relación laboral, la sentencia advierte que el contrato suscrito con el Consorcio es indefinido y partiendo de las consecuencias de la subrogación concluye que es indefinida "en aplicación del art. 44 ET, Directiva 2001/23 y STJUE 13 junio 2019".

A través de un comunicado, la CNT critica que el Consorcio, en aquel momento bajo la dirección de Lois Pérez Castrillo como gerente y de Pilar Candocia como responsable del área de las Galescolas, "no cumplió la legislación en materia laboral y en lugar de conservar las condiciones laborales de la trabajadora las empeoró, convirtiendo su contrato indefinido en un contrato temporal y no teniendo así en cuenta la antigüedad de la trabajadora".

"El juzgado entiende que la contratación es ilícita y que se cumplen todos los requisitos para adquirir la fijeza laboral por parte de la trabajadora", añade el sindicato.

De esta forma, incide en que "se está reconociendo la doctrina europea conocida como Correia Moreira, que desde el sindicato siempre se defendió que debía aplicarse a la multitud de subrogaciones ilegales llevadas a cabo desde las administraciones públicas, pues esta obliga a superar un proceso selectivo a trabajadoras que ya eran fijas con anterioridad al momento de la sucesión".

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