La “ruptura vital” de una víctima del Alvia enfrenta a letrados y peritos

El punto que ha causado conflicto ha sido el origen y porcentaje de la incapacidad permanente absoluta que le fue concedida a la víctima

Sala habilitada en la Ciudad de la Cultura para el juicio del Alvia

Sala habilitada en la Ciudad de la Cultura para el juicio del Alvia / EP

Agencias

La última sesión de esta semana de la parte civil del juicio del Alvia ha arrancado con la declaración de un hombre que aquel 24 de julio de 2013 viajaba en el tren. La “ruptura vital” que el accidente le dejó en forma de secuelas físicas y psicológicas es lo que ha llevado a peritos y letrados a debatir, en ocasiones sin llegar a consenso, durante casi cuatro horas.

Quería volver a trabajar, pero no me dejaron”, ha manifestado este jueves la víctima mencionada, al inicio de su comparecencia en la sala judicial habilitada en la Ciudad de la Cultura.

El motivo, como han señalado peritos médicos de diversas especialidades, fue un “cuadro clínico”, que aún hoy padece, “incompatible con la conducción”. De ahí que el hombre no haya podido volver a desempeñar su profesión de conductor de autobús.

En su caso, los informes médicos no fueron muy favorables, dado que, según han coincidido los peritos, el pronóstico contaba y cuenta con “escasa posibilidad de mejora”. Y, en parte, han añadido, “el agravamiento con respecto a su mejora” viene dado por esa pérdida de su puesto de trabajo que marcaba el “sentido” de sus días.

No obstante, el punto que ha causado conflicto ha sido el origen y porcentaje de la incapacidad permanente absoluta que le fue concedida a la víctima.

Por un lado, uno de los peritos del ámbito de la psicología ha expresado que el detonante para su concesión habría sido el accidente ferroviario en el que fallecieron 80 personas y otras 145 resultaron heridas. Y, a partir de este, otra sintomatología habría precedido con efecto “bola de nieve”.

No obstante, ese dato que ha revelado esta mañana en el juicio no lo incluyó en su informe, lo que ha llevado a otro de los peritos a recriminar que “lo que piensas hay que escribirlo”. Siendo esta la única manera, ha proseguido, de hoy tener constancia de si la patología apareció ahí o “a lo largo de los años” con independencia del siniestro.

Por otro lado, pese a la insistencia del letrado de la defensa, averiguar el porcentaje que los peritos estimaban oportuno ha sido un intento en balde.

Si estuvieran todos de acuerdo no estaríamos aquí", ha recordado, como otras veces, la magistrada presidenta María Elena Fernández Currás.

En lo que también ha habido desacuerdo es en la puntuación de la valoración de daños, ya que, como se expuso igualmente con anterioridad en otras sesiones, la mayoría de los informes médicos se rigieron por el Real Decreto 04/2008 en vigor en el momento de su elaboración.

Pero de seguir el criterio de su versión más actualizada, el Real Decreto 35/2015 cambiaría “muchísimo” la casuística en las horquillas de gravedad y se contemplarían cuestiones como la “pérdida del nivel de calidad de vida” en relación, por ejemplo, al empleo o las relaciones interpersonales, como ha detallado uno de los peritos.

De todas formas, ha habido un llamamiento de los peritos por distinguir lo que es una resolución del INSS, “un trámite administrativo”, y la “evolución de las lesiones desde el punto de vista médico”.

Decisión que, de nuevo, corresponderá a Currás tomar en la resolución de sentencia. Esa en la que también se resolverá el devenir de los acusados en esta causa, el maquinista Francisco José Garzón Amo y el director de seguridad en la circulación de Adif en el momento de la puesta en funcionamiento de la línea entre Ourense y Santiago, Andrés Cortabitarte.

Ambos imputados con ocho decenas de fallecimientos por imprudencia grave profesional, 145 de lesiones por el mismo motivo, y un delito de daños.

La reclamación total de daños y perjuicios en materia de responsabilidad civil asciende a 57.686.635,93 euros