El TSXG suspende 400 procesos sobre empleo público hasta conocer la doctrina europea

Han sido paralizados hasta saber si España vulnera la ley con trabajadores temporales

Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea. / FDV

EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha suspendido cuatrocientos procedimientos sobre empleo público en los que se discute la naturaleza del vínculo con la Administración hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre si España vulnera la ley con trabajadores temporales.

La sala general de lo social del TSXG ha decidido la suspensión de esos, de los casi ochocientos que tiene en trámite, hasta aclarar dos cuestiones prejudiciales presentadas en las que demanda, entre otras cuestiones, determinar si el abuso de contratos temporales en la Administración pública española vulnera la normativa europea; y si, en caso de respuesta afirmativa, eso supone que los trabajadores afectados puedan pasar a fijos con todos sus efectos.

En un comunicado, el TSXG explica que ha acordado la suspensión de un recurso, por prejudicialidad comunitaria, en el que se solicitaba dictar una sentencia en la que declarara la condición de personal laboral fijo de la Xunta de la recurrente, y, subsidiariamente, la condición de indefinida fija; en una resolución firme.

La sala de lo social ha rechazado pronunciarse hasta que lo haga el TJUE, lo que implica que se suspendan unos cuatrocientos y se continúe con la tramitación de 425 recursos, pues son únicamente relativos a indefinidos no fijos, en los que no se discute la fijeza.

Tras analizar el caso concreto, que se extrapolará al resto pendientes, determinan que "no se trata de otro juzgado o tribunal el que ha planteado cuestión prejudicial" ante el TJUE, sino una sección funcional de esta misma sala y, respecto a aspectos de la misma pretensión planteada por la parte demandante, "cuál es la fijeza de su relación laboral, por haber incurrido la empleadora, que forma parte del sector público, en fraude en la contratación".

Por ello, los magistrados subrayan que la resolución que pueda dictar el TJUE "afecta directamente a lo que aquí pueda resolverse, dado el efecto vinculante de las sentencias dictadas por el mismo".

Además, advierten que el hecho de no acordar la suspensión hasta tanto no se resuelvan las cuestiones prejudiciales, planteadas en junio de 2023, pudiera ser "contrario al principio de seguridad jurídica" de la Constitución Española, ya que podría llegarse a "dictar resoluciones contradictorias" sobre la misma materia emitidas por el mismo tribunal.

Por otro lado, también indican que el principio de economía procesal -al que también hace referencia el Tribunal Supremo-, así como el de celeridad, "justifica que no planteemos una nueva cuestión prejudicial en el presente procedimiento, ya que nada añadiría a la cuestión que ya hemos planteado, y dilataríamos innecesariamente más el proceso".