¿Qué dice la ley sobre cuándo debe sonar el himno de España?

La supresión del himno nacional durante la celebración del Día de Padrón provoca las críticas de los grupos de oposición en Santiago

El Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre, por el que se regula el himno nacional, explica en qué casos se debe tocar

Así ha sido el Día do Padrón en Santiago

Así ha sido el Día do Padrón en Santiago / Jesús Prieto

Redacción

¿Cuándo debe sonar el himno de España? La cuestión ronda desde hace horas en la cabeza de los vecinos de Santiago tras lo ocurrido este lunes durante la celebración del Día de Padrón. Los dos grupos de la oposición, PP y PSOE, han denunciado la supresión del Himno Nacional de España del acto protocolario que tuvo lugar este lunes en la plaza del Obradoiro y el Pazo de Raxoi. Lo sucedido responde a "unha decisión do goberno nacionalista", según declararon desde el grupo municipal del PP ante la ausencia de la Marcha Real Española en la ceremonia. El portavoz de los populares, Borja Verea, mostró su sorpresa al comprobar que “ao rematar un acto que habitualmente o fai coa interpretación dos dous himnos por parte das dúas bandas, non se tocou o Himno Nacional”.

A estas críticas se sumaron la de los socialistas que, a través también de su portavoz, Gonzalo Muíños, manifestaron su asombro, puesto que “después de tocar la Banda de Santiago el Himno Galego todos estábamos esperando a que sonase el Himno Nacional de España, como es habitual, algo que, para sorpresa de todos los que estábamos allí, no llegó a ocurrir”.

Por su parte, el gobierno local ha indicado que el acto “diseñouse en base ao regulamento que establece cando se debe ou non tocar o Himno Nacional de España”.

Qué dice la ley

Según el Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre, por el que se regula el Himno Nacional, este será interpretado, cuando proceda, en los siguientes casos:

En versión completa:

  • En los actos de homenaje a la Bandera de España.
  • En los actos oficiales a los que asista Su Majestad el Rey o Su Majestad la Reina.
  • En los actos oficiales a los que asista la Reina consorte o el consorte de la Reina.
  • En los demás actos previstos en el Reglamento de Honores Militares.

En versión breve:

  • En los actos oficiales a los que asistan Su Alteza Real el Príncipe de Asturias, Su Alteza Real la Princesa de Asturias o Sus Altezas Reales los Infantes de España.
  • En los actos oficiales a los que asista el Presidente del Gobierno.
  • En los actos deportivos o de cualquier otra naturaleza en los que haya una representación oficial de España.
  • En los demás casos previstos en el Reglamento de Honores Militares.

Asimismo, la actitud de respeto al himno nacional de los asistentes a los actos en los que este sea interpretado se expreserá, en el caso del personal uniformado de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad, efectuando el saludo reglamentario.